Mujer y urbanismo
Hermanas y hermanos: En 2019 nuestra ley urbanística incluyó como principios fundamentales la perspectiva de género y la perspectiva inclusiva en su artículo 1. Un cambio radical que hasta la fecha había sido una cuestión secundaria o, sencillamente, no había existido.
Históricamente la visión y la opinión de las mujeres en el crecimiento de las ciudades, su diseño, la forma de entender la movilidad por sus espacios libres, casi nunca o nunca había sido tenida en cuenta.
Incluso cuando las mujeres fueron incorporándose a profesiones relacionadas con el urbanismo como son la arquitectura, la ingeniería y el derecho, los vicios de siglos y siglos de urbanismo dirigido por hombres hacía difícil cambiar las cosas.
No nos equivoquemos, la perspectiva de género no es solo una cuestión feminista, es recoger en la ley aquello que siempre ha hecho la mujer en su rol tradicional de madre: cuidar de aquellos que lo necesitan. Por eso también se ha incluido el carácter inclusivo del urbanismo.
La ciudad cuidadora. La ciudad madre. La ciudad que piensa en todos y no solo en los hombres sanos y fuertes. La ciudad que piensa que debe ser accesible, sin barreras arquitectónicas que impidan o dificulten llevar un carro de bebe, el carro de la compra o la silla de ruedas.
La ciudad que debe ser segura, bien iluminada, sin rincones oscuros en los espacios libres y comunes que propicien la violencia, no solo sobre las mujeres sino también sobre los hombres.
Eso solo se puede conseguir con una mirada diferente. La de la mujer. La de la perspectiva de género y la voluntad inclusiva de hombres y mujeres en el urbanismo.