El TSJCV dicta que las cruces de Castellón, Elche y Morella no incumplían la Ley de Memoria Histórica
Abogados Cristianos mantiene una cruzada judicial contra la retirada de cruces levantadas durante el franquismo
El TSJ de la Comunitat Valenciana dicta que las cruces resignificadas o sin inscripciones no incumplen la Ley de Memoria Histórica, según ha difundido Abogados Cristianos, que mantiene su particular cruzada judicial por la retirada de varios lábaros en la pasada legislatura.
Según esta asociación religiosa, nel Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) ha sentenciado que las cruces que no contienen inscripciones o han sido resignificadas no deben incluirse en el catálogo de vestigios elaborado por la Generalitat en aplicación de la Ley de Memoria Histórica.
La sala 4ª del TSJCV recoge en su sentencia que “la resignificación de algunos elementos–cruces ha supuesto la desaparición de la connotación que sí pudo haber tenido en sus orígenes”.
Entre los elementos que la sentencia pediría excluir desde Abogados Cristianos destacan la cruz del Parque Ribalta de Castellón, la Cruz de las Germanías en Elche y la cruz de Morella, al considerar que estas estructuras no suponen una exaltación de la dictadura ni contradicen la normativa vigente al haber perdido los símbolos de la dictadura.
Polonia Castellanos, presidenta de Abogados Cristianos, ha celebrado esta decisión judicial, declarando que “no vamos a permitir ni un derribo más” y adelantando que iniciarán los procedimientos legales necesarios para que todas las cruces derribadas hasta ahora de manera presuntamente ilegal regresen a sus emplazamientos originales.
Por su parte, el concejal portavoz del equipo de gobierno, Vicent Sales, ha reiterado que “la Cruz del Ribalta no era un vestigio franquista porque fue resignificada por el primer Ayuntamiento democrático de la ciudad de Castellón en 1979, tal y como siempre hemos mantenido por lo que estaba claro que no era de aplicación la Ley de Memoria Histórica. Por tanto, quedaba claro que no había ninguna exaltación de la dictadura ni de ninguno de los bandos en la Guerra Civil”.
El concejal ha querido también subrayar que “tal y como recoge el punto 70 del acuerdo de gobierno entre el Partido Popular y Vox, vamos a trabajar para ubicar en un lugar relevante de la ciudad una escultura o un monumento que recupere y honre la memoria y recuerdo a las víctimas de la violencia. Esto fue también lo que se logró precisamente, y tal y como como ha quedado demostrado con esta sentencia del TSJCV, con el acuerdo municipal en 1979 que sirvió para resignificar la cruz que estuvo en el Ribalta y ahora está frente a la parroquia de Santo Tomás de Villanueva”.
Vox pide que se reponga la cruz
Al respecto, desde Vox la presidenta del partido en Castellón, Llanos Massó, ha afirmado que “la Cruz del Ribalta nunca debió retirarse”.
“Nos alegramos de que, poco a poco, se vayan poniendo las cosas en su sitio y el sentido común y la coherencia ganen frente al odio, el sectarismo, la sinrazón y las ansias de venganza de la izquierda respecto hechos de nuestra historia más reciente”, subraya Massó, que ha insistido en que “VOX seguirá apostando por recuperar una Cruz en el parque Ribalta como siempre hemos dicho”.
Por su parte, el vicesecretario jurídico de VOX Castellón, Cristóbal Caballero, recuerda que “la Cruz del Parque Ribalta de Castellón era un simple símbolo religioso, neutro desde el punto de vista político, y ya el pasado mes de julio el juzgado de lo Contencioso Administrativo estimó el recurso de VOX contra el decreto municipal que acordó el traslado de la Cruz del Ribalta al considerar que no era contraria la Ley de Memoria Democrática”. Y prosigue: “Esta sentencia fue recurrida por asociaciones memorísticas ante el TSJCV y se encuentra en estos momentos pendiente de resolución ese recurso de apelación”.
De todos modos -afirma Caballero- “esta reciente sentencia a la que ahora nos referimos que considera que la Cruz de Ribalta no debió ser incluida en el Catálogo de Vestigios Franquistas, precisamente por haber sido resignificada, nos da una enorme satisfacción porque ya nos está anticipando el criterio del TSJCV respecto de esta Cruz en el sentido de considerarla no contraria a la Ley de Memoria Democrática por haber sido resignificada y no tener ningún elemento de exaltación del régimen franquista”.
“Sólo esperamos que el sentido de la resolución del recurso de apelación que se encuentra pendiente sea el de su desestimación y se confirme la sentencia del juzgado Contencioso Administrativo finalmente donde se dicte que la Cruz del Ribalta debe volver donde estaba”, concluye el vicesecretario jurídico de VOX Castellón.