Torrent reduce el plazo medio de pago a proveedores a 28 días en el primer trimestre de 2014
El Ayuntamiento de Torrent ya disminuyó el periodo medio de pago en un 50% durante 2013 pagando en menos de 60 días al 99% de los proveedores
El consistorio cumple con los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
El Ayuntamiento de Torrent vive una situación de equilibrio presupuestario que le ha permitido reducir el plazo medio de pago a proveedores a 28 días en el primer trimestre de 2014. Una cifra que se desprende del último informe de la delegación de Gestión Presupuestaria que revela los periodos de pago, pasando del pago en menos de 60 días, al 99% de los proveedores, a 32 días menos. Además, el consistorio ya consiguió disminuir el periodo medio de pago en un 50% durante 2013.
Ya el año pasado el consistorio no se acogió al segundo Plan de pago a proveedores, puesto que cumplía con el plazo legal. A día de hoy, el consistorio afronta los pagos de forma regular puesto que la tendencia del plazo de pago desde hace cuatro trimestres es a la baja.
Desde el Ayuntamiento de Torrent se han llevado a cabo medidas de austeridad que se han puesto en marcha durante estos últimos dos años, como la contratación de una Empresa de Servicios Energéticos o la puesta en marcha de políticas de modernización y del Plan de Gestión Energética Inteligente y Eficiente, entre otras medidas. Iniciativas que han hecho que las cuentas municipales estén saneadas, alcanzando el déficit 0 con un equilibro presupuestario que permite que a día de hoy los proveedores vean cumplidos los plazos de pago.
Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
Por otro lado, a fecha 31 de marzo, del informe de la liquidación del presupuesto del ejercicio del 2013 se desprende que el consistorio cumple con el objetivo de estabilidad presupuestaria, el objetivo de regla del gasto y el límite de deuda. Dado que el Ayuntamiento de Torrent cumple con los objetivos, y además el período medio de pago a los proveedores no supera en más de 30 días el plazo máximo previsto de la normativa de morosidad, no le afectarán las limitaciones impuestas por la modificación obrada en la Ley de Bases de Régimen Local por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad.