elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Desestiman el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el ex-arquitecto municipal contra el Ayuntamiento

    El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Alicante ha desestimado el recurso interpuesto por el ex-arquitecto municipal Julio Turmo de Padura contra la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Teulada en el que se le cesaba como funcionario interino ante la disminución de la actividad municipal en materia de urbanismo, al considerar dicha resolución conforme a Derecho.

    Según se recoge en la sentencia, Julio Turmo exigía ocupar de nuevo su plaza y puesto de trabajo que venía ocupando desde octubre de 2001 reponiéndolo en todos sus derechos de cualquier naturaleza como la económica, funcionarial y demás con efectos del abril de 2014, con imposición de costas.

    El Ayuntamiento expuso que la causa que motiva el cese del recurrente es “no existir las razones de necesidad y urgencia que motivaron su cobertura interina”, además, el puesto del funcionario es interino esencialmente temporal y puede finalizar por libre remoción de la administración, según la Ley 10/2010 de Función Pública de la Comunidad Valenciana que en su artículo 16.9 dice; “El cese del personal funcionario interino se producirá, cuando desaparezcan las circunstancias que dieron lugar a su nombramiento, por la provisión del puesto correspondiente por funcionario de carrera y por amortización del puesto”.

    En ese sentido, se argumentó que la amortización de la plaza obedeció a la patente disminución de la actividad municipal en materia de urbanismo, siendo este no solo un hecho notorio, derivado de la crisis económica que especialmente ha incidido en el sector urbanístico, sino que además viene avalado por todos los informes emitidos por los servicios técnicos obrantes en el expediente. Argumentación con las que coincide la Sala y procede mantener en aras al principio de unidad de doctrina y garantía de la seguridad jurídica.

    Por todo ello, el Juzgado desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Julio Turmo y falla que no se impondrán costas procesales a ninguna de las partes.

    Cabe recordar que en febrero de 2015 ya el Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de Alicante desestimó otro recurso interpuesto por el ex-arquitecto municipal contra el acuerdo del pleno donde se decretó su cese. El juez consideró ese cese conforme a Derecho.

    Subir