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El TSJCV desestima el recurso de apelación del Ayuntamiento sobre la sentencia de la addenda al convenio con EGEVASA

  • El TSJCV ha ratificado la sentencia 363/2007, de 30 de octubre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 8 de Valencia, que anulaba el acuerdo plenario por entenderlo contrario a derecho

  • En todo caso, la sentencia no tendrá incidencia alguna en la calidad del servicio de aguas potables y alcantarillado que reciben los ciudadanos ni en el precio que los vecinos y vecinas de Requena pagan por él

Nos ha sido notificada la sentencia 1640/09 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que se desestima la apelación formulada por el Ayuntamiento de Requena al fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 8 de Valencia que declaraba impugnado el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en fecha 12 de junio de 2006, por el que se acordaba la prórroga del contrato con la empresa EGEVASA para la concesión del servicio de agua potable y alcantarillado.

El TSJCV considera que no cabía la prórroga automática del plazo de prestación del servicio a la empresa EGEVASA, por cuanto en 2006 había dejado de ser una empresa pública al 100%, condición que tenía cuando se firmó el contrato inicial en el año 1995.

El equipo de gobierno ha actuado en este caso de igual forma a como han hecho otros municipios valencianos, del mismo y de distinto signo político, y siempre bajo la supervisión de los servicios técnicos de la Diputación de Valencia. De hecho, cabe recordar que fue la propia Diputación quien ratificó el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación municipal que finalmente ha llegado al TSJCV.

Ante este hecho, el equipo de gobierno quiere manifestar lo siguiente:

1. Decidimos actuar como lo hicimos en vista de los antecedentes existentes en otros municipios valencianos y con el amparo de la Diputación de Valencia y de sus servicios técnicos, que emitieron informes favorables al respecto.

2. Pese a esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia, lo verdaderamente importante es que las contraprestaciones que obtuvo el Ayuntamiento por la ampliación del plazo del contrato con EGEVASA, como fueron el ingreso de un canon de 2,6 millones de euros y la renovación de la red de aguas potables del municipio con una inversión hasta la fecha de hoy de 2,1 millones adicionales, se van a mantener sin que los ciudadanos tengan que hacer ninguna aportación, ni a través del recibo del agua ni de carácter extraordinario, para resarcir a la empresa por la futura rescisión de dicho contrato con el Ayuntamiento de Requena.

Una vez que se haya resuelto formalmente el contrato en vigor con EGEVASA, el equipo de gobierno estará en disposición de explicar a la ciudadanía la vía elegida para la prestación en el futuro del servicio de aguas potables y alcantarillado del municipio, así como las contraprestaciones económicas que podría obtener el Ayuntamiento por su adjudicación. En todo caso, esta situación no supondrá en ningún momento pérdida de calidad en el servicio de aguas potables y alcantarillado ni, como ya comentamos anteriormente, perjuicio económico para los ciudadanos de Requena.

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