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Rafelbunyol multará con 3000€ a las personas propietarias de los solares en malas condiciones

ELPERIODIC.COM - 30/01/2020

El Ayuntamiento de Rafelbunyol aprueba una nueva ordenanza reguladora de limpieza de solares

El Ayuntamiento de Rafelbunyol podrá imponer sanciones de hasta 3.000 € a los vecinos y vecinas que no cumplan su deber de mantener en buen estado de los solares de su propiedad. Multas que intentarán atajar el incivismo y que están recogidas en la nueva Ordenanza Reguladora de Limpieza y Vallado de Solares y Terrenos que fue aprobada por unanimidad el pasado lunes en pleno.

Las personas propietarias de toda clase de terrenos tienen la obligación de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Las malas condiciones de vallado en unos casos, o la ausencia de la valla en otros, determinan la acumulación de basuras con el consiguiente incremento de malos olores y la constitución de focos de infección de efectos muy negativos tanto para la salubridad e higiene públicas como para la estética de Rafelbunyol.

Tras la recepción de numerosas quejas vecinales y con el objetivo de mantener los solares libres de desechos y residuos y en las debidas condiciones de limpieza que eviten la frecuente invasión de roedores, ha elaborado una nueva ordenanza que regula los requisitos y sanciones por el incumplimiento del deber legal de conservación, así como la ejecución subsidiaria como respuesta municipal frente a la inactividad de algunas personas propietarias.

Un marco regulador y sancionador que se ha puesto en marcha con una doble función: por un lado la correcta salubridad y por otro cómo solución al problema del estacionamiento de vehículos en la zona urbana ante la gran demanda de aparcamiento y la insuficiencia de espacios habilitados al efecto.

Ya que, tal y como se recoge en el artículo 7 de dicho documento, con el objeto de evitar el deterioro de los solares, el Ayuntamiento podrá autorizar sobre los mismos los usos provisionales siguientes: recreo para la infancia, esparcimientos con instalaciones provisionales de carácter desmontable, zonas ajardinadas temporales, aparcamientos de vehículos al aire libre o huertos urbanos.