VOX presenta un recurso contra el auto del TSJ de la Comunidad Valenciana por vulneración de derechos fundamentales
VOX ha presentado un recurso de casación contra el Auto (195/2021) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) por el que autoriza una serie de medidas sanitarias a aplicar desde el día 24 de mayo hasta el 7 de junio de 2021 que suponen una vulneración de los derechos fundamentales de las personas.
El recurso ha sido presentado por José María Llanos, Presidente y Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario VOX CV quien explica los motivos de dicho recurso: “El objetivo es que el Tribunal Supremo se pronuncie y anule el mencionado Auto del TSJ Comunidad Valenciana y, por ende, las medidas dictadas en la Comunidad Valenciana. VOX entiende que esta autorización de medidas vulnera los derechos reconocidos en los artículos 9.3, 10.1, 17, 19 y 21 de la Constitución Española y todo ello en relación a lo dispuesto en el artículo 14, y 24 del mismo Cuerpo Legal. La libre circulación de las personas sólo podrá ser suspendida con motivo de la declaración del estado de excepción o sitio. La misma constituye una suspensión temporal, injustificada, arbitraria e inconstitucional de los derechos fundamentales del artículo 19 CE”.
Además resulta clara la vulneración por tal medida del derecho fundamental a la libertad de residencia también reconocida en el artículo 19 CE.
Hay que recordar que las medidas autorizadas afectan a la circulación de personas entre la 01,00 horas y la 06,00 horas; limitación a la permanencia de grupos de personas -no más de 10- en espacios públicos y privados y reducción del aforo de lugares de culto al 75%.
José María Llanos destaca que: “Entendemos que los valencianos somos ciudadanos como el resto de españoles y no se pueden vulnerar derechos fundamentales como la libre circulación de las personas en unas comunidades autónomas y en otras no. A ningún ciudadano se le debe limitar el derecho de libre circulación.”
“La Ley de 1986 de Salud Pública no dice una sola palabra sobre vulnerar derechos fundamentales, lo que dice es que se podrán aplicar medidas restrictivas, es decir se podrá cerrar por ejemplo, un edifico si hay peligro, o que se podrá aislar a personas que están contagiadas, siempre puntualmente, pero no vulnerar el derecho de toda la población.”