Picassent facilita el pago del IBI ampliando sus plazos
Hasta el próximo 11 de mayo, los contribuyentes que van a fraccionar el pago del IBI Urbana o Rústica pueden darse de alta, de baja o hacer modificaciones de datos a través de la sede electrónica
Para este año 2020 y con un motivo de la crisis provocada por la pandemia del COVID19, el Ayuntamiento de Picassent, a través de la concejalía de Economía y Hacienda, ha hecho modificaciones en el sistema de pago de impuestos. Así, se ha modificado el plazo de cobro en período voluntario del IBI Urbana y Rústica 2020, el cual, se iniciará el 15 de julio y finalizará el 16 de octubre. Además, aquellas personas que tengan el pago domiciliado también verán que en lugar de hacerse el cargo en cuenta en el mes de julio, se hará a principios del mes de septiembre.
“Aunque desde el Consistorio siempre hemos procurado facilitar a los contribuyentes su cumplimiento con las obligaciones tributarias, la ciudadanía necesita ahora más que nunca sentir a su lado a la Administración Local, por eso, tenemos en cuenta la difícil situación económica en la cual nos encontramos inmersos, y queremos que las familias de Picassent puedan contar con todas las facilidades posibles para poder hacer frente a los impuestos”, afirma el concejal de Economía, Francisco Quiles.
Por otro lado, hay que recordar que, para los contribuyentes que hayan decidido fraccionar el pago del IBI en 6 meses sin intereses, tienen hasta el próximo 11 de mayo, para presentar por primer vez la solicitud o, si ya lo habían solicitado, hacer cambios de datos o darse de baja en este sistema especial de pago. Estas gestiones se pueden hacer con certificado electrónico o DNI digital a través de la sede electrónica ubicada en la página web del Ayuntamiento, dentro de la sección “destacados” y haciendo click en “catálogo de trámites”. En caso de no contar con estos documentos electrónicos, el Ayuntamiento da la posibilidad de elegir la opción de hacerlo electrónicamente con una cuenta de correo electrónico, o también con el certificado digital de otra persona, pero siempre adjuntando en la documentación, que deberá ser presentada por registro de entrada, una autorización de la misma a que pueda hacerse el trámite.
El cargo en cuenta del primer fraccionamiento del IBI se ha trasladado al próximo 20 de mayo. Y el resto de fechas quedan de la siguiente manera: 15 de junio, 15 de julio, 17 agosto, 15 de septiembre y 15 de octubre.