PETRER | MEDIO AMBIENTE

El Ayuntamiento de Petrer informa que hasta el 31 de diciembre se puede pedir la bajada del 50% en la Tasa de Recogida de Residuos para 2025

ELPERIODIC.COM - 08/11/2024

Renovación automática, sin necesidad de hacer ningún trámite, para los jubilados de 65 años o más que ya obtuvieron esta reducción en 2024

La concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Petrer informa que hasta el 31 de diciembre está abierto el plazo de solicitud para acceder a la reducción del 50% en la tasa de recogida de residuos para el año 2025. Esta medida está dirigida a los hogares con menores ingresos. Y también busca favorecer a los jubilados de 65 años o más que ya obtuvieron esta reducción en 2024. En el caso de estos últimos, la reducción será renovada automáticamente sin necesidad de realizar ninguna gestión adicional, beneficiando aproximadamente a 400 jubilados del municipio.

Para acceder a esta bonificación, las familias deberán cumplir con ciertos requisitos de renta según el tamaño de la unidad familiar. Los límites anuales de renta son los siguientes: familias de un miembro, 15.120 €; dos miembros, 16.800 €; tres miembros, 18.900 €; cuatro miembros, 21.000 €; y para familias de cinco o más miembros, el límite se incrementará en 2.000 € adicionales por cada miembro extra.

Los interesados en solicitar la bonificación deberán presentar una serie de documentos en las oficinas de Suma Gestión Tributaria, en la plaza Pablo Iglesias, o a través de la sede electrónica www.suma.es. Entre los documentos requeridos se encuentra el modelo de solicitud firmado por todas las personas convivientes, disponible en la página web de SUMA (itinerario: Contribuyentes > Más información > Descarga de impresos > Impuestos y tasas) o en las oficinas de Suma. Además, se deberá adjuntar el certificado de empadronamiento de la unidad familiar, el cual puede obtenerse en el Ayuntamiento de Petrer.

También se requiere la última declaración de la renta presentada en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de cada persona que conviva en el mismo domicilio. En caso de no haber presentado declaración de IRPF en el año de solicitud, será necesario un certificado de la AEAT confirmando este hecho, o bien un certificado de ingresos de la prestación de la Seguridad Social para cada persona conviviente. También se puede optar por autorizar a SUMA para que obtenga esta información de la Agencia Tributaria, a través de un modelo de solicitud que debe estar firmada por todas las personas que conviven en el domicilio y deberá presentarse junto con los DNI correspondientes.

Para los jubilados de 65 años o más que ya se beneficiaron de esta reducción en 2024 no será necesaria ninguna gestión adicional, ya que la reducción del 50% se aplicará automáticamente en el recibo de 2025.

Para cualquier consulta relacionada con el proceso de solicitud, los ciudadanos pueden dirigirse a las oficinas de Suma Gestión Tributaria o contactar a través del teléfono de Atención al Ciudadano al número 965 292 000, disponible de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas y los sábados de 10:00 a 14:00 horas. En este servicio podrán recibir orientación y asistencia en el proceso.