El juzgado acuerda seguir el procedimiento de jurado contra el exalcalde de Vall d’Alba
A Francisco Martínez, su hija y un empresario se le imputan presuntos delitos de fraude administrativo y blanqueo de capitales
El titular del Juzgado de Instrucción 4 de Castellón ha rechazado la práctica de más diligencias de investigación y ha acordado continuar el procedimiento con jurado popular contra el exalcalde de Vall d’Alba, su hija y un empresario, así como contra las mercantiles Franvaltur SL, Gestintur SL y Prodever SL.
Cabe recordar que Martínez fue vicepresidente de la Diputación de Castellón en la época de Carlos Fabra y destituido por su sucesor, Javier Moliner, quien destituyó de su cargo al político al conocer que la titularidad de los terrenos sobre los que estaba proyectada la depuradora del municipio de Borriol es de una empresa perteneciente a su hijo.
Esta causa se sigue por presuntos delitos de negociaciones prohibidas a funcionario público, fraude administrativo en concurso medial con malversación de caudales públicos y blanqueo de capitales, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
El instructor considera que existen "indicios racionales de criminalidad" contra los tres investigados por la adquisición y posterior venta de diferentes fincas en Vall d'Alba relacionadas con programas de actuación urbanística y la aprobación de esos mismos planes desde la corporación municipal entre los años 2005 y 2014, por lo que rechaza la petición de sobreseimiento de las actuaciones formulada por las defensas.
El magistrado deniega también la práctica de numerosas diligencias de investigación solicitadas por la Fiscalía y la acusación popular porque la fase de instrucción está ya finalizada y esas diligencias "no son imprescindibles para decidir sobre la procedencia de la apertura de juicio oral".
Finalmente, el juzgado acuerda esperar a la resolución por parte de la Audiencia Provincial de Castellón de los recursos deapelación interpuestos contra el auto de fecha 14 de diciembre de 2020 -por el que se acordó la transformación del presente procedimiento a los trámites ante el Tribunal del Jurado- para, en su caso, dar nuevo traslado al Ministerio Fiscal y a las partes a fin de que insten, en el plazo de cinco días, lo que estimen oportuno respecto a la apertura del juicio oral, formulando escrito de conclusiones provisionales.