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Antonio Gastaldi: “Garantizar la protección de los menores es una prioridad para el Gobierno valenciano”

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    En la Comunitat Valenciana hay más de 4.000 menores en acogimiento familiar o residencial con medidas de guarda o tutela, y más de 2.000 menores insfractores cumpliendo medidas de reeducación en medio abierto o en centros dependientes de la Generalitat. El secretario autonómico de Justicia, Antonio Gastaldi, asegura que las tres líneas básicas de actuación del Consell con los miles de  menores que atiende son: Prevención, protección e inserción.

    ¿A qué responde el hecho de que el Consell aglutinara en un solo departamento, la Dirección General del Menor, todas las competencias sobre menores, tanto en materia de protección como de reeducación?

    La configuración actual de la Dirección General del Menor, dentro de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, responde a la clara voluntad del Consell de hacer más eficaz la política en materia de menores de edad a través de la integración y optimización de los recursos existentes para adaptarse y dar las respuestas necesarias frente a las nuevas necesidades que presentan los menores en situación de riesgo, con medida jurídica de protección o cumpliendo medidas judiciales impuestas por jueces de menores.

    Al hablar de la protección de los menores, nos estamos refiriendo al conjunto de actuaciones que realizan tanto la Generalitat, como las Administraciones Locales o las entidades públicas y privadas colaboradoras, encaminadas a  prevenir, evitar y atender las situaciones de riesgo y de desamparo en las que se encuentre un menor, garantizando, en todo caso, su desarrollo personal y su integración social.

    Y en cuanto a las competencias atribuidas en materia de reeducación,  la Generalitat Valenciana ejerce sus competencias ejecutando las medidas judiciales que los Juzgados de Menores imponen a menores infractores (menores de 14 a 18 años) en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

    Esta  política de atención integral a los menores se divide en 3 líneas de trabajo: La prevención como línea política de acción, la protección como principio de actuación y la inserción como objetivo.

    ¿Qué mecanismos existen para la prevención y tratamiento de los malos tratos en la infancia?

    Cualquier situación de desprotección en la infancia “incluida los malos tratos” tiene una especial consideración por parte de la Dirección General del Menor.

    En cuanto a los recursos preventivos  dirigidos a los menores en situación de riesgo, hay que destacar los siguientes:

    Protocolos dirigidos a los profesionales del ámbito sanitario,  educativo y policial para la detección precoz de situaciones de desprotección social de menores. Cada uno de los manuales va acompañado de una Hoja de notificación que homologa la información a derivar y establece el procedimiento de derivación y comunicación

    Servicios especializados de atención a menores en situación de riesgo o con medidas jurídicas de protección, y sus familias (SEAFIs):son equipos de titularidad local, que se configuran como un escalón de intervención especializada, diferenciado del primer escalón de atención más generalista, constituido por los Equipos Municipales de Servicios Sociales Generales (o Equipos de Base). Estos servicios dependen de los Ayuntamientos y son subvencionados a través de convocatoria anual por la Conselleria de Justicia y Bienestar Social.

    Centros de día de menores que constituyen unos recursos esenciales de carácter preventivo, configurados como establecimientos en los que se prestan, en horario diurno, servicios complementarios de soporte y apoyo familiar, contribuyendo a paliar las carencias de los menores y mejorar su proceso de integración social, familiar y laboral.

    Teléfono del Menor como el servicio de prevención del abuso sexual infantil, Infoabu, son dos de las iniciativas del Consell en materia de protección de los derechos de los niños. El Teléfono del Menor (900.10.00.33) es un número gratuito que funciona ininterrumpidamente las 24 horas al día, y tiene como objetivo general centralizar las llamadas telefónicas que denuncien o pongan de manifiesto presuntas situaciones de riesgo o desamparo de menores de edad, ofreciendo una respuesta inmediata, reorientando la situación o derivándola a los organismos competentes para su investigación o intervención.

    Servicio Infoabu que facilita información a quienes tienen sospechas de un posible caso de abuso sexual infantil, de forma que pudieran valorar las mismas así como, si procediera, trasladarlas a las instancias competentes. Se puede acceder por teléfono llamando al 902.22.22.45, de 10 a 14 horas y de 17 a 19 horas (de lunes a viernes).

    Por otra parte, con el objeto de favorecer una respuesta eficaz a través de la coordinación de todos los agentes implicados en la atención del menor, (sanidad, servicios sociales y educación, se ha publicado el  Decreto 62/2012, de 13 de abril, del Consell, por el que se regulan los órganos territoriales de coordinación en el ámbito de la protección de menores de la Comunitat Valenciana.

    Pero si se considera que el menor está en una situación de desamparo, la Generalitat tiene encomendad por ministerio de la Ley, la tutela y protección del mismo, ejerciendo los institutos jurídicos de guarda, tutela, acogimiento residencial, acogimiento familiar y adopción de menores de edad (menores de 18 años), ordenando los procedimientos, órganos y recursos para hacer efectiva dicha protección. En aplicación del Código Civil y la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

    Usted ha afirmado recientemente que no va a haber una disminución en la atención a los menores en situación de riesgo. ¿Qué se entiende por situación de riesgo?

    La situación de riesgo, concepto introducido en la ley orgánica 1/96 de protección jurídica del menor, es aquella en la que existe un perjuicio para el menor, pero dicho perjuicio no alcanza la entidad, intensidad o persistencia suficiente que justifique ni la separación de su núcleo familiar, ni la declaración de desamparo con asunción de la tutela por parte de la Generalitat.

    La ley 12/2008 de protección integral de la infancia y de la adolescencia de  la Comunitat Valenciana atribuye la competencia en la declaración y actuación en las situaciones de riesgo de menores a las Entidades Locales, que se ejercen a través de los Equipos Municipales de Servicios Sociales,  si bien, la Generalitat  participa en la cooperación técnica y material.

    Por tanto, la actuación de la Administración es la de intentar eliminar, dentro de la institución familiar, los factores de riesgo, adoptando medidas de apoyo familiar, que pueden ser de carácter técnico (intervención de los profesionales) o económico (prestaciones individualizadas, ayudas de emergencia…) con el fin de integrar y mantener al menor en su entorno familiar, disminuir los factores de dificultad social en la situación personal y social del menor, promover los factores de protección social y prevenir situaciones de desarraigo familiar.

    Y le garantizo que el compromiso del Gobierno Valenciano es trabajar en la prevención de situaciones de riesgo de los menores, como forma de anticipar los problemas que puedan sobrevenir posteriormente.

    ¿Qué ocurre con la responsabilidad penal del menor?

    Cuando los autores de un delito o falta son menores de menos de 14 años no se les puede exigir responsabilidad penal con arreglo a la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor, sino que se les aplican las normas de protección de menores previstas en el Código Civil.

    Cada vez hay más menores con problemas de conducta que, sin ser víctimas de situaciones de desamparo, ni proceder de familias desestructuradas, ni haber entrado en el sistema penal juvenil, presentan graves inadaptaciones familiares y escolares, con un elevado componente disocial. Son varias las causas del incremento de menores con conductas difíciles y a veces violentas, como los cambios en los modelos familiares, la sobreprotección de hijos únicos, padres añosos, sociedad permisiva con la violencia, castigos aribitrarios, etc.

    La intervención de la Generalitat se produce cuando los Equipos Municipales de Servicios Sociales han agotado las medidas de apoyo familiar y se hace necesario la separación del menor de su familia, cuando se solicita su actuación por los propios responsables legales del menor, o a instancias de los Juzgados o Fiscalías de Menores. O bien se asume la guarda del menor (los padres o responsables legales mantienen sus derechos y obligaciones) o se declara el desamparo y se asume la tutela del menor, lo que implica la suspensión de la patria potestad.

    Por ello, es necesario que se intensifiquen desde todos los ámbitos los esfuerzos para dar prioridad a la actuación preventiva, eliminando los factores de riesgo en el entorno comunitario mediante actuaciones específicas de formación, empleo, convivencia familiar y otras que contribuyan al adecuado desarrollo y socialización de los menores.

    Valencia acogió del 15 al 17 de noviembre el II Congreso Internacional de Pedagogía Amigoniana. ¿Cuáles son las directrices de esta disciplina?

    Sus directrices se basan en potenciar  la integración de los menores excluidos desde una perspectiva integral. En este sentido, quiero aprovechar para destacar la labor que realizan la congregación de los Terciarios Capuchinos y la familia Amigoniana en la educación de menores y en la atención a los menores excluidos en la Comunitat Valenciana. Los Terciarios Capuchinos gestionan un total de 180 plazas en centros de menores en la Comunitat, tanto del sistema de protección, en centros residenciales, como de reforma, en centros para menores con medidas de reeducación.

     

     

     

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