PATERNA | SOCIEDAD

Un juzgado perdona sus deudas a una valenciana que hizo la dación en pago de su casa

ELPERIODIC.COM - 10/05/2022

El acoso y las amenazas de embargo han afectado considerablemente a su estado de salud

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Paterna ha perdonado todas las deudas restantes -incluyendo alguna con la Agencia Tributaria- de esta vecina, una vez hecha la dación en pago de la misma al banco con el que la hipotecó.

Los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento han llevado íntegramente el proceso aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad.

Esta vecina valenciana (M.E.) arrastraba problemas financieros desde la crisis de 2008. Con tal de hacerle frente al préstamo hipotecario de su vivienda, dejó de lado otras obligaciones. El esfuerzo duró hasta 2017, donde llegó al límite y decidió plantear al banco la dación en pago. Su propuesta fue aceptada, aunque parcialmente, y tras la entrega de la casa le quedaron más de 30.000 euros pendientes a pagar de este y otros créditos.

El acoso y las amenazas de embargo por parte de los acreedores seguían sucediéndose, afectando considerablemente a su estado de salud.

En este punto, oyó hablar de la “Ley de la Segunda Oportunidad” y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en defender los derechos de personas sobreendeudadas. Considerando su caso, los letrados aconsejaron a la interesada declararse insolvente y tramitar el proceso.

Tramitar con éxito la Ley de la Segunda Oportunidad

Para que el proceso concluya satisfactoriamente se deben cumplir una serie de requisitos tasados. Estos son, según nos indica Andrea Olcina, abogada de la Asociación, que “la deudora fuese insolvente, que su deuda total no superase los 5 millones de euros y que tuviese la condición de <<deudora de buena fe>>, es decir, careciese de antecedentes penales económicos y hubiera intentado al menos un acuerdo de pago con todos sus acreedores”.

En estos casos, según nos han explicado desde la Asociación, lo primero siempre es comunicar al juzgado la imposibilidad de la deudora de hacer frente a sus pagos. En el presente caso, aseguran los letrados, “esto otorgó a la interesada un respiro importante, quedando protegida frente a embargos y reclamaciones de pago de forma casi inmediata”, asegura Olcina.

Simultáneamente, se presentó ante notario un plan de pagos conjunto a todos los acreedores, adaptado a las condiciones de la deudora. Estos lo vieron insuficiente por lo que optaron por rechazarlo. No supuso un problema, ya que con este intento la buena fe de la deudora quedaba demostrada.

Tras este acuerdo de pagos frustrado, se llegó al último paso, de nuevo en sede judicial. En esta ocasión solo quedaba un resultado posible: el perdón de toda la deuda pendiente. Merece la pena destacar que aunque la deudora tenía aún un bien en propiedad, un vehículo, los abogados han conseguido que la deudora pudiese quedarselo en propiedad.

Una vez comprobados todos los requisitos legales por la jueza, esta ha dictado sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) o lo que es lo mismo la resolución por la cual permite a esta valenciana quedar libre de pagar esos 32.313,08 euros que debía definitivamente. Solo tendrá que abonar la parte “no exonerable” de una deuda tributaria, consistente en 15,72 euros mensuales.

No es el primer caso en el que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento consigue exonerar a una persona tras entregar como dación en pago su vivienda. El más reciente fue el 16 de noviembre en Logroño, liberando a un matrimonio de 175.000 euros de deuda. Todas las sentencias son de acceso gratuito en la web de la entidad.