La justicia es un cachondeo
La frase la acuñó el que fue alcalde de Jerez Pedro Pacheco y por decir esas palabras la Audiencia Provincial le condenó a cinco años de cárcel, aunque finalmente el Tribunal Supremo revocó esa pena.
Lo siento, pero ante lo que veo, aquella frase la comparto con matices (lo aclaro no sea que me metan a mi también cinco años y tenga que pasar por largas comparecencias ante la justicia hasta que el Superno me absuelva). Digo que la matizaría sustituyéndola por esta otra: “Hay jueces cuyas sentencias son un cachondeo”. (No sé la pena que me puede caer por esa frase pero ahí la dejo y no le quito ni una sola vocal).
Expongo comp pruebas en mi defensa, señores magistrados, algunos ejemplos de decisiones que se toman (o eso lo parece) por ser quien es el acusado y se hace utilizando artimañas (dejémoslo en recovecos, todo sea para salvar mi pellejo) que a mí se me escapan.
La sentencia que recuerdo más curiosa fue la que salvó al poderoso banquero Emilio Botín de ser condenado. Su delito fue realizar operaciones eludiendo el pago de retenciones a Hacienda. La acusación venia de una Asociación de defensa de los clientes y el Supremo falló finalmente que “una acusación particular no se mantiene si la fiscalía se inhibe”. Acababa de nacer lo que se conoce como “la doctrina Botín” hecha a la medida del banquero. A su medida para salvarle, claro. Más curioso es que esa misma doctrina no le valiera a Atutxa para eludir su procesamiento y condena un año después.
Otra sentencia curiosa ha sido la de Cristina Cifuentes. Nos dicen que no había pruebas contra ella y la han absuelto. A quien sí han condenado es a su asesora y a la profesora que falsificó el acta. Unas personas que tomaron ¿por su cuenta? decisiones que beneficiaban a la ex presidenta, una ex presidenta que quedó claro que mintió en sus declaraciones públicas. Me pregunto si la asesora y la profesora actuaron por su cuenta ¿por su cuenta? Sí eso han dicho los jueces.
Una resolución más reciente afecta a una destacada política, Rocío Monasterio. La han acusado varios clientes por tramitar licenciaS de obras ante el Ayuntamiento con firmas falsificadas. Es decir, estamos ante un delito de falsificación de documento público, al haber falsificado la firma de un aparejador. Los hechos no tienen discusión, pero a Monasterio la han absuelto ¡atención! “porque la falsificación era tan burda que no podía engañar a nadie”.
Que tomen nota los falsificadores de billetes y que no se esmeren en hacer imitaciones que se acerquen a los originales. Una simple fotocopia sobre un papel que dé el pego es suficiente. Ni marcas de agua, ni relieves, ni tintas complicadas, ni dibujos exactos, ni… Es mejor una falsificación chapucera y explicar al juez:
-Sr. Juez ¿Cómo me va a acusar? Yo he hecho unos billetes de 100 euros falsos, es cierto, pero, ¡mírelos! El papel sí tiene un cierto tacto, pero están hechos con nulas medidas de seguridad. El viejo de la tienda debería haberse dado cuenta cuando yo se lo he dado, pero él ¿será tonto? Se lo ha quedado y me ha devuelto 85 euros de los de verdad. A quien
habría que denunciar a ese tendero por no haberse dado cuenta de que era un billete burdamente falsificado ¿No cree Ud. Señoría?
Tras denunciar ejemplos de este incomprensible cachondeo déjenme que, a la vez, ponga en valor a otros jueces como Jacobo Pin que vienen demostrando que son capaces de realizar muy bien su trabajo envueltos en montañas de papeles y rodeados de abogados defensores que solo esperan que se equivoquen o se retrasen en la instrucción de una causa. A la vez que otros ¡vaya Ud. a saber quiénes son! ponen obstáculos para que haya causas que se cierren. Pin fue un héroe al pedir el amparo del Consejo General del Poder Judicial y lograrlo. También a no acongojarse ni estar dispuesto a aceptar cargos en puestos de mayor rango como hicieron bastantes de los que le precedieron en el juzgado de Nules.
Después de todo este recorrido me pregunto si algún día formará parte de la jurisprudencia una sentencia gregoriana que venga a decir 1) Que no tienen derecho a reclamar nada quienes han pagados sus cuotas urbanística desconociendo ilegalidades tan palpables en la documentación exigible en un proyecto, y 2) Que una empresa que ha estado en el sumario de la Gürtel no se la puede volver a acusar por supuestas ilegalidades.