Oltra defiende que la ley de la identidad de género amplía derechos 'sin quitárselos a nadie'
La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, ha defendido la importancia de la Ley integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género en la Comunitat Valenciana como una norma que amplia derechos "a un colectivo históricamente discriminado sin quitárselos a nadie" y que busca "proteger a las personas por encima de esas mentes oscuras que quieren aleccionar"
Oltra ha hecho estas declaraciones en el debate sobre la totalidad de la Ley integral por la igualdad efectiva del colectivo LGTBI y contra la discriminación por orientaciones sexuales e identidad de género. La primera elaborada por el equipo de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas en colaboración con las consellerias con competencias en educación, sanidad, justicia y trabajo y consensuada con entidades sociales y partidos políticos.
En su intervención, la vicepresidenta ha destacado que esta ley "se centra en el plano de la inclusión contrapuesto a un fanatismo que pretende la exclusión". "Vengo a proponer una norma fundamentada en el amor y no en el odio", ha incidido.
La norma regula los derechos de las personas trans en ámbitos tan diversos como el educativo, el sanitario, el social o el administrativo con la finalidad de establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho de autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género sentida diferente a la asignada en el momento de su nacimiento.
La vicepresidenta ha destacado, entre los hitos del proyecto normativo, la despatologización de la transexualidad, en la medida en que ésta ya no será considerada como trastorno, sino como una expresión más de la diversidad humana. "La diversidad, la orientación o la expresión de género no son ninguna enfermedad, sino la capacidad del ser humano de decidir por si mismo", ha incidido.
"Se trata de una apuesta conjunta para asegurar que la transexualidad no es una patología, por lo que ya no será considerada como trastorno, sino como una expresión más de la diversidad humana", ha explicado Oltra.
"Esta ley es fruto del Acord del Botànic, pero lo es también de todas las propuestas que recoge el sentimiento de las entidades y el consenso de la emergencia y la urgencia integral en materia de identidad trans", ha afirmado, y en este sentido ha recordado que en el proceso de elaboración del anteproyecto de ley participaron hasta 35 personas en representación de partidos políticos, universidades o entidades del sector, lo que la convierte en "uno de los textos más participativos y consensuados hasta ahora".
La vicepresidenta ha manifestado que desde el Gobierno de la Generalitat se sienten "especialmente satisfechos de esta ley", porque permiten a la sociedad valenciana sentirse "más libre, más rica, más diversa, en definitiva, mejor".
Aspectos normativos
El objetivo de la norma es regular el reconocimiento legal del derecho a la identidad de género de toda persona en un ejercicio libre y sin presiones legales o sociales y, como concreción de dicho reconocimiento, garantizar que la ley aplicable a las personas no las patologiza o somete a condición de prejuicio sobre su capacidad, dignidad y habilidades.
El marco normativo regula aspectos tan necesarios para la plena integración de las personas trans en la sociedad, como el amparo en las fases iniciales del proceso de declaración de la propia identidad sentida, la tutela en las situaciones de minoría de edad o la atención gerontológica especialmente en las residencias de la tercera edad, situaciones a las que ha de prestarse especial atención.
El texto recoge, entre otras cuestiones, el derecho al reconocimiento de la identidad de género de las personas transexuales, libremente manifestada, sin la necesidad de prueba psicológica o médica. Además, plantea la posibilidad de conceder la documentación administrativa necesaria adecuada a su identidad dentro de las competencias autonómicas, con el objetivo de favorecer una mejor integración y evitar situaciones de sufrimiento por exposición pública o discriminación.
Del mismo modo, refleja la necesidad de que exista una coordinación entre las áreas de educación, sanidad e igualdad, para asegurar una rápida detección y actuación ante situaciones discriminatorias o que atentan contra la identidad de género expresada por las y los menores.
Derechos en el ámbito sanitario
En el ámbito sanitario, el anteproyecto de ley garantiza a las y los menores trans el acceso a tratamientos de bloqueo hormonal al inicio de la pubertad y al tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado de la pubertad, para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad. Asimismo, dispondrán de un plan de seguimiento, acompañamiento y asesoramiento psicológico.
Por otro lado, según el proyecto normativo, desde el servicio sanitario público de la Comunitat Valenciana, se ofertará a las personas trans una cartera de servicios, con un proceso de atención individualizado que facilite la toma de decisiones informadas.
La terapia sexológica, farmacológica y hormonal en el proceso de tránsito hacia el género sentido, así como apoyo psicológico durante las fases de hormonación y cirugías, están reflejados en el anteproyecto de la Ley de Identidad de Género.
En su articulado, además, incluye los tratamientos quirúrgicos de cirugía de exéresis de mama y genitales, y reconstructiva de genitales y otros tratamientos médicos y quirúrgicos requeridos para la modificación corporal, que aseguren su congruencia con la identidad de género de las personas.
Protocolo de atención educativa a la identidad de género
En el terreno educativo, la normativa prevé el desarrollo de un protocolo de atención educativa a la identidad de género que implicará que los centros educativos de la Comunitat Valenciana deberán garantizar que la documentación administrativa de exposición pública, entre la que se encuentra las listas de clase o la información publicada en los tablones de anuncios escolares, recojan la identidad de género escogida por el alumnado, siempre con el consentimiento de sus madres, padres o tutores legales.
El protocolo establece además que se respetará la imagen física, así como la libre elección de la indumentaria del alumnado, el acceso y el uso de las instalaciones del centro de acuerdo con la identidad de género sentida, incluyendo los lavabos y los vestuarios y que la comunidad educativa del centro se dirija a las personas trans por el nombre que hayan elegido.
El anteproyecto de ley establece que la Generalitat adoptará las medidas necesarias en el ámbito educativo para que se promueva el respeto y la protección del derecho a la identidad y la expresión de género en ese ámbito.
Medidas en el ámbito social y de empleo
En el terreno laboral, donde la exclusión de las personas trans es un muy alta, se establece la incorporación de este colectivo junto a aquellos que tienen mayor dificultad para acceder a un empleo, en cuanto a medidas de formación, orientación e inserción laboral.
También las personas trans verán reconocida su circunstancia específica en el ámbito social, pues la Generalitat elaborará un programa marco de actuación para su inclusión a través de los servicios sociales, que además velarán por su protección en el caso de menores de edad. El anteproyecto de ley también hace referencia a la protección especial en el caso de personas trans jóvenes, mayores, dependientes o con diversidad funcional.
Además, el texto incluye medidas en el ámbito del ocio, la cultura, el deporte, la cooperación, la comunicación y la seguridad y emergencias. En este último caso se incluye tanto un protocolo de atención a víctimas de delitos de odio por motivo de identidad o expresión de género, así como formación a los diferentes cuerpos y fuerzas de seguridad y emergencias.
Infracciones y sancionesPor último, el anteproyecto de ley dispone de un título sobre la tutela administrativa, con el objetivo de proteger a las personas trans frente a cualquier violación de su derecho a la igualdad, por lo que se establecen una seria de infracciones y sanciones por la realización de acciones u omisiones contrarias a los derechos recogidos en el texto.