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La nueva renta valenciana de inclusión genera más de 3.600 consultas ciudadanas

    La nueva renta valenciana de inclusión ha generado 3.638 consultas al servicio de atención 012 desde su entrada en vigor el pasado 23 de abril, según ha informado la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, lo que, a su juicio, ponen de relieve el interés suscitado por esta nueva prestación, de la que hay una "necesidad real".

    De hecho, ha precisado Oltra, del 23 al 30 de abril, en tan solo 8 días se realizaron 1.523 consultas, lo que supone el 41,8 por ciento del total y otras 2.115 se registraron durante el mes de mayo. A estos datos habría que añadir las personas que se han interesado directamente en los diferentes servicios sociales municipales y en la página web de la Conselleria, que junto al 012 son los canales de información para la ciudadanía.

    La vicepresidenta ha manifestado que la renta valenciana de inclusión se enmarca en las políticas sociales del Consell orientadas a la "cohesión y a la reducción de desigualdades", dentro de un "efectivo plan de choque contra la pobreza".

    Oltra ha explicado que tanto en el 012 como en la página web de la Conselleria, la ciudadanía dispone de toda la información oportuna para que conozcan las novedades y los requisitos para acceder a la prestación de la renta valenciana de inclusión, para saber, antes de acudir a los servicios sociales municipales, si reúnen los requisitos que les permiten acogerse a esta ayuda, así como la forma de solicitarla.

    La vicepresidenta ha recordado que, con la nueva renta, "se simplifica la tramitación y se ahorra gestión burocrática". Ahora, las solicitudes se tramitan a través de los servicios sociales municipales, que realizan la parte de valoración e intervención con la persona solicitante, mientras que el proceso de tramitación y pago de la ayuda se ejecutará a través de la Administración autonómica.

    En esta línea, Mónica Oltra ha señalado que esta misma semana ha entrado en vigor el decreto del reglamento de la ley de Renta Valenciana de Inclusión, tras su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOGV), que desarrolla aspectos concretos de la normativa y el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir esta prestación.

    Al respecto ha precisado que dicho reglamento regula las modalidades de la renta valenciana de inclusión y sus complementos, las personas titulares, requisitos y obligaciones, establece las cuantías y su cálculo así como el procedimiento de concesión de la Renta.

    Comisión técnica de seguimiento

    Además, la vicepresidenta del Consell ha señalado que su departamento prevé la constitución de una Comisión Técnica de Seguimiento e Implementación de la Renta Valenciana de Inclusión, como órgano de coordinación para garantizar la máxima eficiencia y utilidad para la ciudadanía valenciana, tal y como refleja el decreto de desarrollo normativo.

    Dicha comisión será la encargada de emitir un informe de impacto de la ley, con carácter bienal, en el que se incluirán los perfiles de las personas perceptoras y los resultados de inclusión social e inserción laboral.
    Entre las funciones de dicha comisión, Mónica Oltra ha destacado el seguimiento y evaluación del desarrollo de la ley, que incluirá la valoración de los resultados y los objetivos conseguidos.

    Del mismo modo, formulará observaciones y propuestas y coordinará los departamentos del Consell y de las distintas administraciones implicadas para garantizar la inclusión social.

    Solicitudes

    Cabe recordar que todas las personas que carezcan de recursos económicos y que acrediten su residencia efectiva en algún municipio valenciano durante el último año, así como aquellas que hayan vivido en la Comunitat 5 años de los últimos 10, pueden solicitar esta nueva prestación a través de los servicios sociales municipales.

    La solicitud deberá presentarse según el modelo normalizado establecido por la Conselleria y que se encontrará a disposición de las personas interesadas en todos los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana e irá acompañada, en su caso, de la solicitud de prestaciones complementarias de ayuda a la vivienda y derechos energéticos reguladas en el decreto o también presentarse a través de la sede electrónica de la conselleria competente en materia de inclusión social

    En cuanto al importe de la prestación, será, según el salario mínimo interprofesional a la que está referenciada, de 515,13 euros, en el caso de un titular, y 809,49 euros para una unidad familiar de seis personas. Esta cuantía puede verse incrementada hasta en un 25 por ciento en el caso de necesitar ayudas para vivienda y del 10 por ciento para la pobreza energética, con lo que las cuantías oscilarían entre los 643,91 y los 1.1011,86 euros.

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