La auditoría de Mislata revela que el parking de Músico Ibars tuvo un sobrecoste de 422.000 euros
El trabajo de los auditores cifra en 16,7 millones la liquidación a Lubasa y certifica que el Ayuntamiento no le pidió los “daños y perjuicios” que establece la ley
Además de las alarmantes cifras de deuda, cercanas a los 40 millones de euros, la auditoría de las cuentas del Ayuntamiento de Mislata realizada por la empresa Faura-Casas ha revelado otros muchos datos de especial relevancia, que han afectado y mucho a la situación actual de las arcas públicas.
Por ejemplo, que la construcción del aparcamiento subterráneo de la Plaza Músico Ibars –el que Lubasa dejó a mitad y el Ayuntamiento tuvo que acabar- generó lo que en términos contables se llama “una desviación de financiación negativa en 2010 de 422.000 euros”. Este sobrecoste se generó cuando los anteriores responsables políticos de Mislata decidieron aprobar un pago por encima de la cantidad que el Ayuntamiento registró inicialmente.
Esta información aparece puntualizada en la auditoría financiera, que también señala que tras la venta de diversas plazas de aparcamiento por iniciativa del anterior gobierno del PP, “existía una sobrevaloración en las cuentas municipales de 528.000 euros”, ya que las plazas no fueron dadas de baja de la contabilidad y figuraban como propiedad municipal, cuando ya eran propiedad privada.
Por otra parte, la auditoría de las cuentas públicas de Mislata detalla minuciosamente las cifras con las que se liquidó la concesión del contrato con Lubasa por los tres aparcamientos (País Valenciano, Príncipe de Asturias y Lepanto) y parte del construido en la plaza de Músico Ibars: las infraestructuras le costaron al Ayuntamiento un total de 16.749.121 euros.
Esta cantidad podría haberse rebajado si el Ayuntamiento le hubiera exigido a Lubasa “los daños y perjuicios” que establece la ley, pero el anterior gobierno no lo hizo. Según detalla el informe de los auditores, “el artículo 266.4 del TRLCAP establece que cuando el contrato se resuelva por causa imputable al concesionario, éste deberá indemnizar al órgano de contratación de los daños y perjuicios ocasionados”.