El MARM y la Generalitat Valenciana invertirán 23 millones de euros en un programa piloto de desarrollo rural sostenible
El convenio ha sido firmado hoy por el Secretario de Estado de Medio Rural y la Consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación
El proyecto contempla actuaciones de diversificación económica, acciones para el mantenimiento y la creación de empleo en sectores productivos o emergentes en el medio rural, así como actuaciones para el buen uso de los recursos hídricos
El Convenio suscrito pretende servir de referencia y orientación a la puesta en marcha de la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio rural, tanto en lo que se refiere a la elaboración y desarrollo del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, como para la posterior elaboración y ejecución de los Planes de Zona Rural mediante los que el Programa debe desarrollarse.
La programación de las actuaciones específicas cubre los tres ejes principales de la sostenibilidad, con enfoques y actuaciones dirigidos a sus tres pilares básicos: ambiental, social y económico, actuando sobre alguno de los problemas o necesidades más importantes y urgentes para cada una las zonas.
Para el desarrollo del Convenio, la Dirección General de Desarrollo sostenible del Medio Rural del MARM financiará el 50% del presupuesto (11,5 millones de euros), aportando la Generalitat Valenciana el 50% restante.
La Administración General del Estado a través del MARM prestará asesoramiento para la ejecución del Programa Piloto, contribuyendo a la difusión de las actuaciones previstas y facilitará un protocolo común con el resto de programas piloto para su evaluación y seguimiento, entre otras actuaciones. La Comunitat Valenciana ejecutará el plan de trabajo, facilitando los medios técnicos y humanos necesarios, y entregará en plazo los informes previstos, y las correspondientes certificaciones y justificaciones de las actuaciones realizadas y pagos efectuados y establecerá el mecanismo administrativo que corresponda para que quede asegurado el cumplimiento de la finalidad y el funcionamiento de las infraestructuras y demás bienes derivados de las actuaciones del presente Convenio, asumiendo cuando ello le corresponda los costes de conservación y mantenimiento.