SANIDAD Y SALUD

Las máquinas recreativas seguirán en los bares de la Comunitat a pesar de la insistencia de Sanitat por prohibirlas

IÑAKI LÓPEZ - 23/12/2020

Una sentencia del TSJ lo permite, aunque para cumplir las medidas de prevención del COVID-19 no estarán permitidos en los establecimientos hosteleros los juegos de azar y similares

Las máquinas recreativas, las de apuestas deportivas, los juegos de mesa, los billares, dardos, futbolines o similares seguirán pudiéndose utilizar en los bares y restaurantes de la Comunitat Valenciana, así lo ha certificado la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Tras la petición de la Generalitat Valenciana y de la Conselleria de Sanitat de prohibir todo este tipo de juegos en la hostelería, la Asociación de Empresarios de Máquinas Recreativas de la Comunitat ha conseguido que el TSJ estime su recurso contra esa primera decisión y les permita seguir utilizándolas con las debidas medidas de higiene y cuidado.

Aunque en un primer momento sí se instó a los hosteleros a prohibir todo este tipo de juegos, la insistencia judicial de la Asociación afectada ha conseguido que se les permita seguir desarrollando la actividad cumpliendo con todas las medidas de higiene y de cuidado de desinfección de las máquinas.

De esta manera, las máquinas recreativas, las de apuestas deportivas, los juegos de mesa, los billares, dardos, futbolines o similares seguirán pudiéndose utilizar en los bares y restaurantes valencianos.

Por el contrario, el TSJ ratifica su decisión de no permitir que se desarrollen los juegos de azar en los bares y similares, tal y como se recoge en la última sentencia emitida.

Lo que el TSJ ha tenido en cuenta para aceptar que se utilicen a pesar de prohibirlas de inicio es que la Conselleria incluyó este apartado en sus prohibiciones alegando una “corrección de errores”, cuando realmente era una ampliación de las restricciones, algo que ha dado la razón a la la Asociación de Empresarios de Máquinas Recreativas de la Comunitat.

Cabe destacar que esta resolución no es firme y contra la misma cabría un posible recurso de reposición en el plazo de cinco días, por lo que es la Conselleria de Sanitat quien deberá decidir si sigue recurriendo este punto o no.