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La jueza pone fecha para declarar a Salomé Pradas y cita como testigos a Mompó y Pilar Bernabé por la DANA

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La juez de Catarroja que investiga la gestión de la Dana cita a declarar como investigados el 11 de abril a la exconsellera de Interior y al ex secretario autonómico de Emergencias

v  También interrogará como testigos el 14 de abril a la delegada de la Comunidad Valenciana y al presidente de la Diputación, así como el 29 del mismo mes a dos técnicos 

v  La magistrada rechaza pedir datos de los vehículos oficiales utilizados por el presidente de la Generalitat y por sus escoltas el pasado 29 de octubre dada su condición de aforado

Valencia, 17 de marzo de 2025.- La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la Dana del pasado 29 de octubre, ha citado a declarar como investigados el próximo 11 de abril a la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé P.T., y al ex secretario autonómico de ese departamento Emilio A.T.

Así consta en una providencia, notificada hoy a las partes, en la que la magistrada también fija el 14 de abril para tomar declaración como testigos a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar B. y al presidente de la Diputación de Valencia, Vicent M.A., y el 29 del mismo mes para hacer lo propio con dos técnicos

Por otro lado, la instructora ha dictado este lunes un auto en el que deniegala solicitud de la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià de requerir datos sobre los vehículos oficiales usados por el presidente de la Generalitat y sus escoltas entre las 8 horas del 29 de octubre y las 8 horas del día siguiente.

La magistrada justifica esta negativa en la condición de aforado del jefe del Consell, por lo que “no es factible” la “realización de diligencias de investigación sobre su actuación”.

Al respecto, la instructora recuerda que el presidente de la Generalitat tiene la condición de aforado, por lo que el juzgado de Instrucción no puede ordenar la práctica de diligencias de investigación sobre su actuación respecto de esta causa.

Igualmente, deniega la misma solicitud de diligencias respecto de la entonces consellera de Emergencias y de su secretario autonómico, pues “no consta que los mismos no se hubieran incorporado a la reunión” del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) “o que dicha incorporación se hubiera efectuado con retraso”, así como con respecto del director y el subdirector general de Emergencias, porque estos dos últimos cargos “no ostentan la condición de investigados”.

Finalmente, en relación con las posibles grabaciones de audio por parte de integrantes de la reunión del Cecopi del día 29 de octubre, considera que deben ser éstos quienes manifiesten si poseen ese material y si “voluntariamente prestan su conformidad” para aportarlas al proceso una vez se les reciba declaración. Tanto la providencia como el auto notificados hoy no son firmes y contra ellos caben recurso.

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