JUSTICIA

Los jueces ya han excarcelado a 13 agresores sexuales de la Comunitat Valenciana tras la ley del ‘solo sí es sí’

ELPERIODIC.COM - 18/09/2023

153 condenados han visto reducida su pena en Valencia, Alicante y Castellón

La justicia ha acordado en la Comunitat Valenciana la excarcelación de 13 agresores sexuales y la reducción de la pena a otros 153 condenados desde que se aprobó la Ley Orgánica 10/2022, más conocida como ‘Ley del solo sí es sí’.

Así, los jueces han optado por beneficiar a los reos al amparo de la nueva ley en numerosos casos en las tres provincias. En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha revisado 23 casos y en 10 de ellos ha decidido rebajar las condenas.

En cuanto a las Audiencias Provinciales, la de Valencia tenía sobre la mesa casi 200 peticiones de reducción de condena, ha aprobado 57 y 5 de los presos han salido a la calle.

En Castellón de las 55 revisiones pedidas se han aprobado 31 y 5 reos han sido liberados y en el caso de la de Alicante, se han reducido 55 condenados y excarcelado a tres personas.

 1.205 reducciones de condena en toda España

Los tribunales han acordado en todo el país al menos 1.205 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, según los datos recabados hasta el día 1 de septiembre por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Estas resoluciones han supuesto al menos 121 excarcelaciones.

La Comisión Permanente acordó el pasado 2 de marzo que esta información se actualizará periódicamente y se hará pública a través de la Oficina de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial.

Para la correcta interpretación de los datos, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

  • Los datos contenidos en las tablas responden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022 hasta la reflejada como “fecha de actualización”. Las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.
  • Se ha incluido el porcentaje que suponen las revisiones a la baja de las condenas inicialmente impuestas respecto del total de sentencias que han sido objeto de revisión sólo en aquellos territorios que han comunicado el dato.
  • Los datos que figuran en la tabla de las Audiencias Provinciales corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo.
  • Los datos que figuran en la tabla de los Tribunales Superiores de Justicia corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados bien contra sentencias de instancia, bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales en el trámite de revisión de penas.
  • Para la obtención del dato total se ha procedido a:
    • Deducir las revisiones de pena que habían comunicado las Audiencias Provinciales, cuando éstas han sido desestimadas por los TSJ en vía de recurso.
    • Adicionar aquellas revisiones que, inicialmente denegadas por las Audiencias Provinciales, han sido finalmente estimadas por los TSJ en vía de recurso.
  • Los datos que figuran en la tabla del Tribunal Supremo corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación.
  • Los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales.