Histórica sentencia: las guardias de ambulancieros y sanitarios serán “tiempo de trabajo efectivo”
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que afecta a los trabajadores de toda España: estas son las claves
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia histórica para el sector sanitario y del transporte de emergencias, reconociendo que el tiempo de guardia con presencia en el centro de trabajo debe ser considerado como tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, debe computarse a efectos de jornada y ser retribuido como horas extraordinarias.
Este fallo puede cambiar por completo el panorama laboral de los ambulancieros y sanitarios en toda España, quienes hasta ahora, en muchos casos, permanecían en sus centros de trabajo sin recibir una compensación económica justa por ese tiempo.
Así ha sido la sentencia clave
El conflicto se originó cuando los trabajadores sanitarios y del transporte sanitario demandaron que el tiempo en el que permanecían en sus bases de trabajo en régimen de guardia fuera reconocido como tiempo de trabajo efectivo, algo que inicialmente fue reconocido por el Juzgado de lo Social. Sin embargo, la empresa recurrió la decisión y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha revocó el fallo, negando el derecho de los trabajadores a esa retribución.
Sin embargo, el máximo tribunal español ha estimado las peticiones de esta sentencia, según ha informado el bufete de Servilegal Abogados que ha llevado el interpuesto el recurso de casación ante el Tribunal Supremo, un procedimiento con una tasa de éxito muy reducida, ya que aproximadamente el 5% de los recursos prosperan. “A pesar de ello, el Alto Tribunal ha fallado a favor de los trabajadores, marcando un precedente de gran calado”, explican.
Este fallo no solo obliga a la empresa demandada a abonar las horas extraordinarias de todos los ambulacieros que son parte del procedimiento, con un recargo del 10% en intereses moratorios, sino que además abre la puerta a miles de reclamaciones en toda España por parte de trabajadores sanitarios y del transporte de emergencias que han estado en la misma situación.
Consecuencias de la sentencia
A consecuencia de la sentencia, las empresas del sector sanitario y del transporte de emergencias deberán revisar sus sistemas de retribución, los trabajadores que han estado en régimen de guardia presencial podrán reclamar los pagos atrasados de sus horas efectivas y el fallo sienta un precedente que afecta a todos los profesionales que prestan servicios en guardias presenciales, como médicos, enfermeros y técnicos de emergencias sanitarias, pues es vinculante y aplicable directamente a todos los supuestos.
"Esta sentencia representa una victoria histórica para el colectivo de ambulancieros y sanitarios de guardia en toda España. Durante años, estos profesionales han estado trabajando largas horas en régimen de guardia sin que se les reconociera debidamente ese tiempo como trabajo efectivo. Con este fallo del Tribunal Supremo, se hace justicia y se sienta un precedente que cambiará por completo la forma en que se retribuyen estas horas en el sector sanitario.", explica el abgado Ignacio Palomar Ruiz.