El Gobierno anuncia la reducción de un 25% en la tributación por módulos de los autónomos afectados por la DANA
El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de medidas fiscales destinado a autónomos y empresas afectados por la DANA que golpeó diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Estas medidas, enmarcadas en el Real Decreto-ley que impulsa el Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento, incluyen una reducción del 25% en la tributación por módulos, la exención del IBI de naturaleza rústica y la ampliación de ayudas directas, entre otras disposiciones. El impacto presupuestario del decreto se estima en 3.765 millones de euros y se suma a los 10.600 millones ya movilizados por el Gobierno en semanas anteriores.
Entre las novedades, los autónomos que tributan por el régimen de estimación objetiva podrán beneficiarse de una reducción del 25% en su rendimiento neto durante 2024, lo que representa un ahorro medio de 393 euros para 22.655 contribuyentes. De forma similar, aquellos inscritos en el régimen simplificado de IVA recibirán una rebaja equivalente, con un ahorro medio de 92 euros para 4.900 autónomos. Además, se permitirá que los afectados puedan renunciar excepcionalmente al régimen de módulos en 2024 y regresar a este sistema en 2025 o 2026, si lo prefieren.
El decreto amplía también los beneficiarios de las ayudas directas a empresas y autónomos que, aunque no tengan su domicilio fiscal en los municipios afectados, sí cuenten con explotaciones o establecimientos en las zonas dañadas. Esta medida permitirá incorporar 5.800 nuevos beneficiarios, sumando un total de más de 100.000 afectados que podrán optar a ayudas directas entre 10.000 y 150.000 euros para empresas, y hasta 5.000 euros para autónomos. Las solicitudes podrán realizarse entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024 a través de la web de la Agencia Tributaria, con los primeros pagos previstos a partir del 1 de diciembre. Además, estas ayudas estarán exentas de tributación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.
En el ámbito de la fiscalidad, el decreto incluye la exención del IBI de naturaleza rústica para agricultores y ganaderos que hayan sufrido pérdidas en sus producciones durante 2024. Aquellos que ya hayan abonado los recibos correspondientes podrán solicitar la devolución de las cantidades ingresadas. Esta medida complementa la exención aprobada previamente para inmuebles no rústicos afectados por la DANA.
Por último, el decreto extiende la flexibilización de plazos y procedimientos tributarios autonómicos y locales, siguiendo el modelo aplicado a nivel estatal por la Agencia Tributaria. Estas disposiciones subrayan el compromiso del Gobierno con los damnificados y la movilización de recursos para apoyar la recuperación económica de las zonas afectadas.