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Gobernación celebrará dos exámenes para que aquellos que no disponen de la titulación mínima puedan ejercer como servicio específico de admisión

  • La primera convocatoria tendrá lugar el próximo 13 de julio

  • La acreditación para ejercer el servicio específico de admisión será obligatorio a partir del año 2011

A partir del 1 de enero de 2011 será obligatorio la acreditación oficial para ejercer las funciones propias del servicio específico de admisión, por ese motivo, la conselleria de Gobernación celebrará este año dos convocatorias extraordinarias para que todos aquellos que no poseen la titulación mínima requerida puedan obtener dicha acreditación que les permita trabajar en este sector.

La Conselleria de Gobernación ofrecerá, únicamente durante este año, la oportunidad de que aquellos que no posean el título Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional en Grado Medio o equivalentes, puedan acceder a esta prueba, ha recordado la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega.

Tal y como publica hoy el DOCV, la primera convocatoria del examen de este año tendrá lugar el próximo 13 de julio en convocatoria única en las ciudades de Castellón, Valencia y Alicante, y en él los aspirantes a poder ejercer el derecho de admisión deberán superar una prueba psicotécnica y otra teórico-práctica tipo test, en la que se evaluarán sus conocimientos jurídicos, de psicología y primeros auxilios.

Vega ha explicado que, en cuanto al examen teórico, es necesario que los aspirantes tengan nociones de legislación y psicología, “porque quienes desempeñan esta tarea deben saber cómo actuar en situaciones de conflicto y tener habilidades sobre perfiles de conducta o comportamiento en estado de embriaguez por consumo de alcohol o estupefacientes, así como conocimientos en primeros auxilios para atender situaciones de asistencia sanitaria inmediata.

También se exigirán unos contenidos jurídicos básicos como el conocimiento de las normas específicas como el derecho de admisión, la Ley de Espectáculos Públicos, de horarios de locales de ocio, hojas de reclamaciones, drogodependencias, entre otras materias.

Los aspirantes sólo tienen que rellenar la solicitud y entregarla en cualquier punto PROP de la Generalitat o en la conselleria de Gobernación hasta el próximo 19 de mayo.

Acreditación obligatoria a partir del 1 de enero

Asimismo, la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana ha recordado que a partir de 2011 las discotecas, las salas de baile, salas de fiesta y pubs y karaokes con un aforo superior a las 200 personas deberán contar con personal acreditado para ejercer el derecho específico de admisión.

El Reglamento que desarrolla la Ley de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos prevé un periodo transitorio durante este año que permita al personal aspirante a obtener la acreditación y que no cuente con la titulación mínima requerida en el Decreto aprobado en 2008 (título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional en Grado Medio o equivalentes) puedan presentarse a las convocatorias que se realicen durante este año a partir de la entrada en vigor de este Reglamento.

De esta manera, se permite que las personas que ya trabajan en el sector y que por diversos motivos no han alcanzado ese mínimo puedan tener la oportunidad de seguir en sus puestos de trabajo.

Hasta la fecha, la conselleria de Gobernación han realizado 2 convocatorias y han aprobado 393 aspirantes que ya cuentan con la certificación oficial que les acredita para el ejercicio de las funciones propias del servicio específico de admisión y que será obligatoria a partir del año que viene.

Vega ha concluido destacando que para el Consell es una prioridad que el ocio “vaya acompañada de las mejores garantías de seguridad, y por ese motivo es necesario que los profesionales de este sector que deseen contar con la acreditación necesaria para continuar ejerciendo como servicio de admisión obtengan la acreditación de la Generalitat para ejercer el derecho de admisión a los locales de ocio”.

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