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La Generalitat publica las nuevas bases reguladoras de ayudas para la compra de vivienda joven en municipios pequeños

  • Las ayudas están destinadas a jóvenes con rentas limitadas que deseen adquirir una vivienda en municipios de menos de 10.000 habitantes

  • Se concederán por concurrencia competitiva y podrán alcanzar hasta un 20 % del precio de adquisición de la vivienda

La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la compra de vivienda destinadas a jóvenes en municipios pequeños de la Comunitat Valenciana.

Estas ayudas, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV), se concederán mediante concurrencia competitiva y tienen como objetivo facilitar el acceso a una vivienda en propiedad para jóvenes con dificultades económicas y contribuir al reto demográfico de la recuperación de población en municipios o núcleos de población de pequeño tamaño.

La financiación de este programa se realizará con cargo a los presupuestos de la Generalitat para 2024, prorrogados para el ejercicio 2025. Las ayudas se concederán hasta agotar la dotación económica prevista para la convocatoria.

Jóvenes beneficiarios

Las personas jóvenes podrán beneficiarse de una ayuda de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20 % del coste de adquisición de la vivienda, sin incluir gastos y tributos inherentes a la adquisición.

Además, tendrán prioridad en la concesión de estas ayudas los solicitantes que pertenezcan a los grupos de especial atención establecidos en la normativa, como personas en situación de vulnerabilidad o con necesidades específicas de acceso a la vivienda.

Requisitos y plazos

En cuanto a las condiciones para acceder a estas ayudas, las personas solicitantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa, entre los que se encuentran, tener menos de 35 años, disponer de unas rentas anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y no ser propietarios de otra vivienda.

Otras de las condiciones establecidas en las bases es que la vivienda adquirida deberá destinarse a residencia habitual y permanente, además de encontrarse en un municipio o núcleo de población con menos de 10.000 habitantes. Asimismo, que el precio de adquisición de la vivienda, sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sea igual o inferior a 120.000 euros.

Respecto a los plazos, para poder acogerse a estas ayudas, la compra de la vivienda debe haberse formalizado entre el 4 de octubre de 2024 y la fecha límite establecida en la convocatoria. También podrán solicitar la ayuda quienes hayan firmado un compromiso de adquisición dentro de ese período, incluyendo casos de vivienda en construcción, siempre que el contrato haya sido elevado a escritura pública.

Compatibilidad con otras ayudas

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención otorgada por administraciones públicas para el mismo fin, siempre que el total de las ayudas recibidas no supere el coste de adquisición de la vivienda. También resultan compatibles con las ayudas urgentes de alquiler reguladas en el Decreto 167/2024 del Consell, destinadas a paliar los efectos de la dana, hasta que se notifique la concesión de la ayuda para la compra de vivienda joven.

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