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La Generalitat desaconseja el uso del cigarrillo electrónico en espacios sensibles

  • Hoy se ha distribuido la instrucción de Salud Pública para evitar su uso en centros sanitarios, educativos y dependientes de bienestar social

  • El texto está fundado en el principio de precaución previsto en la Ley de Salud Pública, en tanto quede regulado normativamente

La conselleria de Sanitat ha distribuido hoy una instrucción sobre el uso del cigarrillo electrónico en centros sanitarios, centros docentes y centros dependientes de bienestar social, en cuyos espacios se desaconseja su utilización.

La instrucción está motivada por el principio de precaución previsto en la Ley de Salud Pública.

Se trata de una recomendación de aplicación solo en espacios públicos donde las personas pueden ser más sensibles a los posibles perjuicios que el cigarro electrónico pudiera causar, como colegios, residencias y hospitales o centros de salud, en los que se desaconseja su uso.

La Generalitat se encuentra a la espera de las conclusiones del grupo de expertos del Ministerio de Sanidad. Ante la falta de evidencia concluyente o de norma básica al respecto, las autoridades sanitarias autonómicas han aplicado el principio de precaución para emitir esta instrucción preventiva.

El conseller de Sanitat ha señalado que se trata de una medida de "prudencia, para evitar la posibilidad de que, al final, se demuestre que el uso de estos productos pueda ser perjudicial para la salud, algo que hoy por hoy no podemos afirmar".

La instrucción ha sido distribuida al personal de la conselleria de Sanitat, conselleria de Benestar Social, conselleria d'Educació, Cultura y Esport, y usuarios en general de centros sanitarios, docentes y de bienestar social dependientes de dichas consellerias.

¿Qué es el cigarrillo electrónico?

El cigarrillo electrónico es un instrumento dispensador de sustancias inhaladas cuyo uso está aumentando notablemente.

En la actualidad y hasta su regulación normativa, se encuentra en una indefinición sobre su naturaleza, como producto derivado del tabaco o como medicamento, y no existen en este momento evidencias concluyentes en relación al impacto que pudiera tener sobre la salud.

Por todo ello, atendiendo al principio de precaución que establece la Ley General de Salud Pública 33/2011, de 4 de octubre, y en tanto quede regulado normativamente, se recomienda a los posibles usuarios las mismas condiciones de uso de los cigarrillos electrónicos que las que atañen a los productos del tabaco en los centros sanitarios, centros educativos y centros dependientes de Bienestar Social.

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