Entra en vigor el decreto que regula la prestación de las familias acogedoras
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado el decreto de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que regula el procedimiento y las condiciones para el reconocimiento y la concesión de la prestación económica para el sostén a la crianza en familias acogedoras de personas menores de edad bajo la guarda y tutela de la Generalitat.
El nuevo decreto, por el que se deroga el anterior, garantiza la equiparación total de las prestaciones concedidas a los niños y niñas tutelados por la Generalitat, que viven en una familia de acogida, con independencia del vínculo existente entre la persona acogida y el núcleo familiar que lo acoge.
Su entrada en vigor implica un paso más para impulsar el acogimiento familiar como principal recurso de protección de la infancia y adolescencia, con la consiguiente equiparación de las familias extensas y educadoras.
Además, la nueva norma supone la equiparación total entre familias extensas y educadoras en cuanto a las prestaciones económicas a percibir y también crea una prestación adicional, que complementa la anterior, para la financiación de gastos de asistencia médica cualificada, que son aquéllos que no se encuentran comprendidos en las prestaciones del Sistema Nacional de Salud y superan el 25% de la prestación que mensualmente se devenga.
Según se desprende de la normativa, los gastos de asistencia médica cualificada no son incompatibles ni sustituyen la prestación económica que mensualmente se da y serán abonados cada vez que se produzcan en el ejercicio económico que se trate hasta alcanzar la cuantía máxima anual por persona acogida.
Además, en el decreto se prevé la posibilidad de tener en cuenta a los efectos económicos de la prestación, la condición de familia monoparental, estableciéndose módulos económicos mejorados en los diversos acogimientos.
Módulos económicos
Respecto a los módulos económicos, el decreto equipara la familia extensa a la educadora, por cuanto se contempla y remunera en la misma cuantía que el acogimiento de las personas menores con diversidad funcional igual o superior al 33%, creándose, asimismo, el acogimiento especializado en familia extensa.
En el documento, se contempla además, la monoparentalidad en todas las modalidades de acogimiento, incrementando ligeramente el módulo económico en todas las modalidades.
Igualmente el decreto añade como concepto la asistencia médica cualificada, desglosado del módulo económico a partir del cual se calcula el importe mensual de la prestación económica en cada modalidad de acogimiento.
En este sentido, las prestaciones económicas, tanto para familias extensas como educadoras, serán de 14 euros por día y por cada persona menor de edad acogida, es decir, 420 euros mensuales. Además, y como novedad, se contempla las situaciones de acogida en familias monoparentales, que tendrá una prestación 16 euros por día, 450 euros al mes.
Las familias con niños y niñas acogidos con un grado de discapacidad o diversidad funcional igual o superior al 33% reciben este año 16 euros por día y por cada persona menor acogida, 480 euros al mes, frente a los 315 euros de 2015 y si además son familias monoparentales se eleva a 18 euros al día, 540 euros al mes.
En cuanto a las familias que realicen acogimientos especializados, recibirán una prestación de 33 euros al día por cada persona menor acogida, 990 euros al mes que se eleva a 35 euros al día, 1.050 euros mensuales si son monoparentales.
Finalmente, la disponibilidad para acogimiento de urgencia diagnóstico en familia educadora monoparental se establece en 9.855 euros al año que se eleva a 12.775 euros si es monoparental.
Según establece el decreto, las cuantías de las prestaciones reguladas en esta norma se actualizarán al alza mediante la Ley de Presupuestos de la Generalitat y las personas interesadas podrán solicitar la prestación para el sostén del acogimiento o la disponibilidad, en cualquier momento.
Cabe recordar que la Conselleria de Igualdad destina este año 2018 cerca de 17,5 millones de euros para contribuir a hacer frente a los gastos de mantenimiento de los niños, niñas y adolescentes en acogimiento familiar.
Sin embargo, las líneas presupuestarias destinadas a la financiación de las prestaciones económicas para las familias acogedoras están concebidas como un derecho subjetivo y no como una subvención graciable, teniendo la consideración de crédito ampliable.