Una empresa de telefonía deberá devolver 580 euros a un valenciano por incumplimiento de contrato
ELPERIODIC.COM - 29/03/2022La compañía no cumplió la velocidad de banda ancha contratada, le proporcionó un decodificador defectuoso y le dejó sin servicio de televisión que si le cobraba
Al no cumplir con la velocidad de banda ancha contratada y al proporcionarle un decodificador defectuoso, Jazztel dejó a un cliente sin el servicio de televisión que este pagaba. Más tarde, ignoró sus quejas. Cuando se mudó de compañía, pretendió cobrarle el compromiso de permanencia. Finalmente, gracias a la denuncia presentada por FACUA Comunidad Valenciana ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (Setid), otro consumidor ha ganado su batalla contra una gran empresa, que ha tenido que abonarle 580 euros.
El contrato que José Ricardo S. F., vecino de Valencia, firmó con Jazztel, una de las marcas bajo las que opera Orange, incluía la telefonía móvil, el fijo, la banda ancha de 300 Mb y el paquete de televisión. "Pero a mí nunca me llegó a funcionar más que la mitad", relata al teléfono. De acuerdo con las mediciones que efectuó por su cuenta, la velocidad de subida y de bajada era solo de hasta una sexta parte de lo acordado. Además, el decodificador era defectuoso y había que reiniciarlo cada poco. "La televisión no la disfrutamos nunca", resume.
"Esa gente no está para ayudar"
El afectado intentó hacerse oír por el servicio de atención al cliente de la compañía de forma insistente y sin éxito. "Me tuvieron hasta media hora colgado del teléfono", protesta, "pero esa gente no está para ayudar. A mí, desde luego, no me ayudaron nada".
Fue entonces cuando, ya harto, acudió a FACUA Comunidad Valenciana, de la que es socio desde hace años. Sabedor de que había firmado un compromiso de permanencia, el afectado quería solicitar su anulación.
Con todo, en el primero de la serie de escritos que el equipo jurídico de la asociación redactó para hacer valer sus derechos, se argumentaba por qué Jazztel había incumplido el contrato y no solo se solicitaba la citada anulación de la permanencia, sino la devolución de todo el dinero cobrado por servicios no recibidos. A pesar de la resistencia numantina de Jazztel, ambas cosas serían conseguidas.
Jazztel niega la mayor
La respuesta por escrito de la compañía, después de enviar a un técnico a casa de José Ricardo y constatar que, efectivamente, le llegaba mucha menos velocidad de la contratada, achacaba su deficiente servicio al "ordenador del cliente, el sistema operativo de dicho equipo, la configuración de ambos, las aplicaciones que utiliza, las versiones de software de dicho sistema operativo y las versiones de software de los programas que está utilizando para acceder a Internet".
También argumentaba que como no había dejado incomunicado al cliente, no procedía anular el compromiso de permanencia, como si esta fuese la única forma de incumplir su contrato. Así, sin proponer ninguna solución para el afectado, los de Jazztel cerraban su escueta carta sugiriendo que podía darse por atendida la reclamación. Pero el afectado y su asociación de consumidores opinaban de forma distinta.
Después de darse de baja y recibir la penalización por el incumplimiento de la permanencia, el equipo jurídico de FACUA Comunidad Valenciana envió una nueva reclamación, de nuevo infructuosa. El siguiente paso fue denunciar a Jazztel ante la Setid, organismo dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Las reivindicaciones eran las mismas: devolverle a José Ricardo el dinero cobrado sin haberle prestado el servicio contratado y los cargos por romper la permanencia, ya cobrados.
Se impone la razón
Ha sido cerca de un año después cuando el organismo estatal ha remitido su fallo a los afectados. El cliente y la asociación de consumidores tienen razón, y Jazztel ha tenido que recalcular las facturas del período en que queda probado su incumplimiento del contrato y ha devuelto asimismo las penalizaciones por incumplimiento de permanencia. El dinero, 580 euros, ya está en poder del asociado.