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El TSJ declara nulo el plan de protección del litoral valenciano PATIVEL

El TSJ declara nulo el plan de protección del litoral valenciano PATIVEL
  • Varapalo judicial para el gobierno de Ximo Puig que tendrá importantes consecuencias urbanísticas y medioambientales

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo, por ser contrario a derecho, el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (PATIVEL) de la Comunitat Valenciana, aprobado por decreto del Consell el 4 de mayo de 2018.

Un duro golpe para el gobierno de Ximo Puig ya que es uno de los proyectos más ambiciosos de la Generalitat para proteger el litoral valenciano. El PATIVEL es un instrumento territorial de conservación activa y de difusión del valor del territorio, que propone un conjunto de usos y actividades que, de manera restringida y controlada, permitan compatibilizar la preservación de los valores ambientales, territoriales y paisajísticos del litoral con la generación de valor añadido y un uso público sostenible de estos espacios por todos los ciudadanos.

La sentencia, que tendrá consecuencias urbanísticas muy importantes y que estima el recurso presentado por una empresa, concluye que no existe en el expediente administrativo, como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo, “un estudio económico-financiero que refleje los costes de implementación del PATIVEL y la repercusión económica que comporta para las propiedades afectadas y para los municipios que deberán desarrollarlo, ni que prevea tampoco las posibles responsabilidades patrimoniales que para la Administración autonómica puede conllevar la desclasificación de suelo que lleva a cabo”.

Igualmente, como segundo motivo de nulidad, los magistrados señalan que el proyecto incumple la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres al no incluir un informe de evaluación del impacto por razón de género, como resulta exigible en todos los proyectos normativos, incluidos los instrumentos de ordenación urbanística.

Dicho argumento, según la sentencia, es extrapolable a la ausencia en el expediente de tramitación y aprobación del PATIVEL de los informes exigibles sobre el impacto que puede conllevar la actuación en materia de infancia, adolescencia y familia.

Por último, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV entiende que es otro motivo de nulidad el hecho de que el plan no se haya sometido a una verdadera evaluación ambiental y territorial estratégica y omita las distintas alternativas posibles.

No se analizan las consecuencias que el PATIVEL pueda tener para con la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la geodiversidad y demás factores mencionados”, precisa el tribunal en su resolución, que cuenta con el voto particular de uno de los magistrados y que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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