CREVILLENT | SOCIEDAD

Bienestar Social y Familia publica las bases reguladoras para ayudas a entidades sociales sin ánimo de lucro de Crevillent

ELPERIODIC.COM - 23/07/2024

Las entidades interesadas disponen de plazo hasta el próximo 16 de agosto para formalizar su solicitud de subvención para proyectos o actividades relacionadas con la acción social

La concejala de Bienestar Social, María Jesús Alfonso Egea, ha comunicado este martes que se han publicado las bases reguladoras de ayudas a entidades sociales sin ánimo de lucro que ejerzan su actividad dentro del término municipal de Crevillent. El plazo para formalizar la solicitud de subvención se extiende hasta el próximo 16 de agosto.

“Las entidades sociales locales podrán ver subvencionados sus proyectos o actividades relacionados con la acción social”, ha remarcado María Jesús Alfonso, quien ha subrayado que “el objeto de esta convocatoria tiene la finalidad de diversificar los recursos sociales en el municipio, de forma que se pueda dar respuesta eficaz y efectiva a la realidad social que está en constante evolución y que hace necesaria la coordinación con dichas entidades”.

Según ha manifestado la concejala, los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguno de los siguientes ámbitos de intervención: Bloque 1. Atención a situaciones de vulnerabilidad y/o Exclusión Social, atención a la familia e infancia; Bloque 2. Atención a personas mayores y dependientes y prevención o tratamiento de enfermedades; Bloque 3. Atención en el ámbito de la prevención comunitaria; y Bloque 4. Cooperación en el ámbito internacional.

El importe máximo subvencionable en cada bloque es el siguiente: 9.000 euros en el primer bloque;  6.000 euros en el segundo bloque; 2.000 euros en el tercer bloque; y 1.600 euros en el cuarto bloque.

La edil ha apuntado que podrán solicitar subvención aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos: Asociaciones legalmente constituidas de acuerdo con la normativa vigente, y se encuentren inscritas en el registro nacional de Asociaciones, en el registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana o en el registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Crevillent; Desarrollar actividades dentro del ámbito territorial del municipio; Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social; No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiaria, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones; y Desarrollar el proyecto durante la anualidad 2024.

Para más detalles, acceder a la web municipal en el apartado de Áreas Municipales, pinchar en Bienestar Social y Familia y, tras ello, clicar en el apartado de Subvenciones dentro de Secciones.