Les Corts aprueban la ley que actualiza la composición y funciones del Consell Escolar de la Comunitat Valenciana
La nueva norma adapta este organismo a las nuevas necesidades educativas dando entrada a nuevas instituciones
La reforma de la actual regulación legal, que no sufría cambios desde hace 21 años, otorga un marcado carácter social a este órgano
Esta modificación del texto refundido de la ley de Consejos Escolares, que fue aprobado por decreto legislativo de 16 de enero de 1989, permite la actualización de la normativa actual, ya que en los últimos 21 años se han producido importantes cambios que hacen necesaria una actualización.
Desde su último cambio, en 1989, han aparecido sucesivas leyes orgánicas de Educación que han modificado el sistema existente. También han surgido nuevos sectores de interés educativo, organismos, asociaciones e instituciones que han configurado una nueva sociedad para los que hay que facilitar la participación.
La norma que regula el actual Consell Escolar Valencià –que pasa a llamarse Consell Escolar de la Comunitat Valenciana- da así entrada a instituciones que hasta ahora no tenían presencia en él y busca reflejar la representatividad proporcional de los sectores público y privado en función del alumnado escolarizado en cada sector. El nuevo texto se ajusta a la representación porcentual real, de manera que esté equilibrado y representado realmente todo el sector educativo.
Con el cambio propuesto, también se pretende otorgar un perfil institucional dando voz y presencia a representantes de la propia Administración que también forman parte del sector educativo: directores, inspectores y formación del profesorado. Además, se da entrada a organismos y representantes de sectores que hasta ahora no estaban representados y que enriquecen el Consell Escolar en aspectos como la lengua, la salud, la inmigración, la discapacidad o el sector empresarial. Con todo ello, se amplía la presencia de más voces educativas y se abre al conjunto de la sociedad.
Se reduce el número total de miembros, que pasan de 68 a 60. De este modo, se redimensiona su estructura homologándolo y adaptándolo a los niveles de los consejos escolares de otras comunidades autónomas y del propio Consejo Escolar del Estado. Este organismo seguirá teniendo carácter consultivo y de asesoramiento, como en la actualidad.
La representatividad, recogida en el artículo octavo, queda del siguiente modo:
- El profesorado elegido por los representantes sindicales cuenta con el mayor número de miembros del Consejo (18,3%). Junto con el personal de administración y servicios (1,66%) alcanza el 20%.
- El de padres y madres del alumnado alcanza el 13,3% y, junto con los alumnos (6,6%) supone otro 20% de representación.
- La administración educativa tiene un 15% del total de miembros del Consejo.
- Los directores y directoras entran a formar parte del Consejo con un 5% y la inspección educativa también con otro 5%.
El resto de miembros se reparte entre diversos representantes e instituciones muy variadas: las organizaciones sindicales, las organizaciones patronales, los centros privados, las entidades locales a través de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, las universidades valencianas, personas de reconocido prestigio en el campo de la educación, el personal que desempeñe funciones de formación del profesorado, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Defensor del Discapacitado de la Comunitat Valenciana, el Consejo de la Juventud de la Comunitat Valenciana, la Unidad de Educación para la Salud, la integración del alumnado procedente de otros países y el sector empresarial.