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El Consell colabora con la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de suministro de información

  • Se incorpora la posibilidad de utilizar el procedimiento de gestión de solicitudes de información no estructurada

  • El convenio recoge la cesión de información catastral, impuesto sobre actividades económicas, domicilio fiscal o el impuesto sobre la renta

El Consell ha aprobado una adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Agència Tributària Valenciana (ATV) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.

Este convenio tiene por objeto establecer un marco general de colaboración sobre las condiciones y procedimientos por los que se regirá la cesión de información de la Agencia Estatal Tributaria en los supuestos en los que, como excepción al carácter reservado de los datos tributarios, sea procedente esta cesión.

De esta manera, el convenio permitirá a la ATV disponer de la información que precisa para el ejercicio de sus funciones de forma ágil, mediante la utilización de los medios materiales y humanos ya existentes en ambas Administraciones Públicas y, por tanto, sin que la aplicación de este convenio implique aumento de costes.

La Generalitat ha puesto en marcha diversas ayudas directas para paliar los efectos negativos de la COVID-19, dirigidas principalmente a empresas, trabajadores y trabajadoras autónomas de los sectores más afectados y a trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo.

Asimismo, con independencia de estas ayudas, pueden producirse otras circunstancias o situaciones que hagan necesaria la adopción de medidas por parte de la Generalitat, dirigidas a prestar apoyo a determinadas empresas o sectores afectados por las mismas.

Para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser beneficiarios de las distintas ayudas que se aprueben por parte de la Generalitat, puede ser necesario que, por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se ponga a disposición de la ATV determinada información con trascendencia tributaria al amparo de lo previsto en la Ley General Tributaria.

A través de la adenda, se modifica el procedimiento de suministro de la información y se incorpora la posibilidad de utilizar el procedimiento de gestión de solicitudes de información no estructurada cuando el suministro de información no pueda efectuarse mediante un procedimiento estandarizado.

La firma de este acuerdo se enmarca dentro de la firme voluntad de la Generalitat de favorecer cualquier medida que conlleve mejorar la eficiencia de la gestión pública y facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, así como favorecer los principios generales de eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales por la aplicación del sistema tributario.

Tipos de información

El convenio recoge los suministros de información de la Agencia Tributaria a la Generalitat de aspectos como la situación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, que se requiere en procedimientos como la contratación administrativa, la obtención de licencias de transporte, subvenciones y ayudas públicas, permisos de residencia y trabajo para extranjeros, entre otros.

Además, también se recoge la cesión de información catastral, rentas exentas, impuesto sobre actividades económicas, datos identificativos, domicilio fiscal, validación del número de identificación fiscal, o el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Cabe recordar que en el año 2002 se estableció un primer convenio de colaboración que creaba un sistema estable de suministro de información tributaria de la Agencia Estatal Tributaria a la Generalitat por medios informáticos.

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