El Consell autoriza la contratación centralizada de los servicios de seguros de la Generalitat y su sector público instrumental
Se trata de la primera contratación centralizada del servicio de seguros que realiza la Generalitat y se efectuará mediante un sistema dinámico de adquisición que tiene un valor estimado de unos 42,4 millones de euros
El Consell ha autorizado la contratación centralizada de los servicios de seguros de la Generalitat y su sector público instrumental mediante el establecimiento de un sistema dinámico de adquisición que tiene un valor estimado de 42.397.080 euros, cantidad en la que se incluyen sus dos posibles prórrogas.
Este sistema dinámico de adquisición tendrá una vigencia de dos años y podrá prorrogarse por periodos de un año, sin que la duración total del mismo exceda de cuatro. El importe inicial de las dos anualidades asciende a 21.198.540 euros.
Se trata de la primera contratación centralizada de los servicios de seguros que realiza la Generalitat acometiendo de forma conjunta mediante un mismo sistema de contratación los diferentes ramos de estos.
Con ella se pretende evitar la reiteración de contratos menores que se viene observando en la contratación del sector público, dado que el importe de la gran mayoría de las primas no supera los umbrales del contrato menor de servicios. Se fomenta, asimismo, una mayor concurrencia de licitadores que redunde en la mejora de las prestaciones, sobre todo en cuanto al precio de la prima se refiere.
La Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, por la propia actividad que desarrollan con la ciudadanía y el personal a su servicio, está expuesta a riesgos que pueden derivar en la exigencia de responsabilidades. Además, es titular de bienes muebles e inmuebles que pueden verse afectados por siniestros como incendios o defectos estructurales sobre los que resulta conveniente o exigible el aseguramiento.
Para llevar a cabo esta contratación, se establecerán cuatro lotes que incluyen categorías como los seguros de responsabilidad civil o de responsabilidad patrimonial; los seguros de inmuebles, los seguros de transportes, asistencia en viaje o relacionados con el parque móvil o los seguros de accidentes o decesos y los seguros obligatorios que deben contratarse en viajes.
El establecimiento de un sistema dinámico de adquisición comporta una mayor agilidad y eficiencia en la contratación posterior, así como una mayor concurrencia de licitadores, ya que la adhesión al mismo está abierta para cualquier licitación durante su periodo de vigencia.
Por otra parte, este sistema dinámico permite disponer de compañías de seguros por ramos a las que las entidades pueden dirigirse determinando las prescripciones técnicas concretas en función de sus necesidades de aseguramiento.