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El Consell aprueba la reestructuración de las instituciones de autogobierno de la Generalitat

    El Consell ha aprobado los proyectos de Ley por los que se reestructuran cuatro instituciones normativas y consultivas de la Generalitat: el Consell Valencià de Cultura (CVC), el Consell Jurídic Consultiu (CJC), la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL) y el Consell Econòmic i Social (CES).

    El objetivo de este proyecto es racionalizar estructuras de las instituciones valencianas de autogobierno de la Generalitat. Así, pues, se realizan modificaciones centradas en cuatro pilares: reducir los miembros de las instituciones, estructurar los contenidos de las mismas según la legislación vigente, así como adaptarlas a la normativa y al Estatut d'Autonomia y adecuarlas a la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres.

    En total, se suprimen 35 miembros de estos organismos, lo que representa, en cifras globales, una reducción de más del 45%.

    Consell Valencià de Cultura
    El número de los miembros del CVC pasa de 21 a 11. Las renovaciones parciales siguen teniendo lugar cada tres años, pero a razón de cinco miembros en la primera y seis en la segunda (hasta ahora, 10 y 11, respectivamente).

    Consell Jurídic Consultiu
    El número de consejeros electivos del CJC se reducen de seis a cinco. Hasta ahora Les Corts elegían a tres consejeros y el Consell, a otros tres. Con la reestructuración, el Consell sólo designa a dos consejeros, mientras que Les Corts siguen nombrando a tres de ellos.

    Acadèmia Valenciana de la Llengua
    El número de académicos de la AVL pasa de 21 a 11. Esto hace que se modifique también el procedimiento de renovación parcial cada cinco años. Si hasta ahora se renuevan por tercios (es decir, siete a los cinco años, siete a los diez y otros siete a los 15), con el nuevo Proyecto de Ley el sistema pasa a ser el siguiente: cuatro a los cinco años de la elección; cuatro, a los diez años y los tres restantes, a los quince años.

    Comité Econòmic i Social
    La institución del CES pasa de los 29 miembros, incluido el presidente, a 15, incluida también la persona que ostenta la presidencia. Se reforma la estructura interna de grupos y, en ciertos aspectos, la forma de designación y nombramiento:

    El grupo I (organizaciones sindicales) pasa de siete a cuatro miembros, y su elección se sigue efectuando del mismo modo.

    El grupo II (organizaciones empresariales) pasa de siete a cuatro miembros, y su elección se sigue realizando también de la misma manera.

    El grupo III pasa de siete a cuatro miembros, y se suprimen los representantes del sector financiero valenciano y de las cámaras de comercio. Además, las organizaciones representativas del sector agrario y del sector marítimo-pesquero pasan de tener dos representantes (uno y uno) a tener uno compartido y se mantiene un representante del sector de la economía social, las corporaciones locales, las organizaciones de consumidores y asociaciones de vecinos.

    El grupo IV (en representación de la Generalitat) (que tenía siete miembros) desaparece como tal. En su lugar, se mantiene la designación y nombramiento por el Consell de dos personas expertas en asuntos pertenecientes al ámbito material de competencias del Comité.

    Estos cambios se han realizado desde el consenso y según la política del Consell de reducir el déficit y aplicar criterios de eficacia y eficiencia. Asimismo, se garantiza la supervivencia de las instituciones de autogobierno valenciano. Por último, cabe resaltar que ninguna de las modificaciones citadas supone la creación o generación de nuevas estructuras administrativas.

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