El Consell aprueba el proyecto de ley por el que se establece la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana
Establece un nuevo marco de garantía y protección de los ciudadanos y responde a las demandas crecientes de nuestra sociedad actual
La Comunitat Valenciana será la tercera autonomía con Carta de Derechos Sociales, tras País Vasco y Navarra
El Consell ha aprobado el proyecto de ley por el que se establece la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana, que recogerá el conjunto de principios, derechos y directrices sobre la actuación pública de la Generalitat en el ámbito de la política social.
Con el fin de establecer un nuevo marco de garantía y protección de los ciudadanos de nuestra Comunitat y en respuesta a las demandas crecientes de la sociedad actual, esta Ley tiene por objeto la aprobación de la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 10.2 del Estatut d´Autonomía de la Comunitat Valenciana.
Este artículo establece que los derechos sociales de los valencianos y valencianas representan un ámbito inseparable del respeto de los valores y derechos universales de las personas y constituyen uno de los fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana.
Con la aprobación de la Carta de Derechos Sociales, la Comunitat Valenciana será la tercera autonomía que la tenga, tras País Vasco y Navarro.
Estructura del Proyecto de Ley
El texto, una vez recabados los dictámenes del Comité Econòmic i Social y del Consell Jurídic Consultiu y aprobado por el Pleno del Consell, va a ser remitido a la Mesa de Les Corts para su tramitación parlamentaria.
El proyecto de Ley se estructura en exposición de motivos, título preeliminar, seis títulos y tres disposiciones finales. En concreto, el Título I. De los principios, derechos y directrices en el ámbito de la política social, recoge los derechos y principios de actuación contra la pobreza y la exclusión social.
El Título II trata la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y en el sistema educativo; el Título III, la defensa integral de la familia y las situaciones de unión legalizadas; el Título IV, las personas con discapacidad, ayudas y prestaciones y la lengua de signos; el Título V, las personas inmigrantes y los derechos sociales de las personas inmigrantes; y Título VI, el sistema de garantías.
Antesala de la futura Ley de Servicios Sociales
La legislación autonómica en materia social se completará con la futura Ley de Servicios Sociales, en la que también está trabajando actualmente la Conselleria de Justicia y Bienestar Social y que unificará en un solo texto toda la normativa dispersa e incluirá todos los servicios de dependencia y renta garantizada.
La actuación de la Generalitat, en el ámbito de la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana, se vinculará al cumplimiento de los siguientes principios y directrices:
Principio de vinculación de los poderes públicos a los derechos y libertades reconocidos en la Constitución Española, la Carta Social Europea y en aquellos otros instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, individuales y colectivos válidamente ratificados por España.
Principio de transversalidad, según el cual las políticas sociales que se deriven de los derechos sociales básicos recogidos en esta ley, resultarán de aplicación transversal sobre el conjunto de la actuación de la administración de la Generalitat.
Principio de participación ciudadana, mediante el que se garantizará la participación de la ciudadanía en el diseño y ejecución de las políticas que resulten de aplicación en el desarrollo de los derechos sociales básicos. La participación se articulará de conformidad con lo dispuesto por la normativa autonómica en materia de participación ciudadana.
Antecedentes legislativos
En la elaboración del proyecto de ley se ha tenido en cuenta el marco normativo existente en materia de derechos sociales que se ha ido conformando a través de las diferentes declaraciones internacionales que, por su vinculación al progreso económico y social, han ido ampliando y reforzando la protección social, jurídica y económica.
Asimismo, se han considerado las previsiones que al respecto se contienen en la Constitución Española de 1978, principalmente en el Capítulo III, denominado ‘De los principios rectores de la política social y económica’, de su Título I dedicado a los derechos y deberes fundamentales.
El Estatut d´Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado en su texto reformado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, establece un nuevo marco de garantía y protección de la ciudadanía. Se introduce un Título II sobre los derechos de los valencianos y valencianas novedoso, ambicioso y complejo al mismo tiempo en cuanto a elevar la garantía de los derechos subjetivos, alcanzar la universalidad de protección a la ciudadanía y responder a las demandas crecientes de la sociedad actual.
Dicho reconocimiento supone no sólo una meta que había que alcanzar dado el desarrollo económico, social y cultural que se ha producido en nuestra Comunitat desde su creación, sino también un punto de partida para la consecución de una mayor calidad de vida en nuestro territorio.