TURISMO

La Comunitat Valenciana pone coto al piso turístico con un decreto: ¿Qué cambios traerá?

ELPERIODIC.COM - 01/08/2024

Los pisos turísticos se han disparado un 160% en los últimos años

El número de viviendas de uso turístico se ha incrementado en la Comunitat Valenciana un 160,4 % entre 2015 y 2023. En 2015 constaban 38.319 viviendas, mientras que actualmente, hasta el 15 de julio de 2024, hay registradas 105.111 viviendas de este tipo.

Por todo, se ha decidido modificar el Decreto que regula este tipo de alojamientos. La presentación del nuevo Decreto Ley que regulará las viviendas de uso turístico en la Comunitat Valenciana ha tenido lugar esta mañana. En este acto, se han presentado algunas de las principales novedades de la nueva ley.

El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, ha explicado que este acuerdo normativo se ha elaborado con el sector, sindicatos, asociaciones de consumidores, operadores, plataformas de reservas y 71 municipios turísticos para “encontrar el equilibrio necesario en beneficio de todos para una actividad que forma parte de nuestra oferta turística”.

De este modo, Mazón ha asegurado que “con este marco legal aportamos seguridad y certeza, y avanzamos en nuestro modelo de turismo sostenible que no renuncia a nada ni condena a nadie”.

A continuación, podéis consultar un resumen de algunas de las principales novedades que contemplará la nueva ley:

PRINCIPALES NOVEDADES DEL DECRETO LEY DE REGULACIÓN DE LAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO

  • Se dará autonomía a los municipios para que tengan potestad para decidir qué modelo de ciudad quieren y poder limitar este uso de viviendas como alojamientos turísticos según sus circunstancias concretas. Por ejemplo: limitar un máximo de viviendas de uso turístico por edificio, limitar un máximo por zonas, etc.

     

  • Antes del 31 de diciembre se deberá comunicar la referencia catastral de la vivienda de uso turístico o causarán baja en el Registro.

     

  • Las declaraciones responsables que se presenten en la Generalitat para obtener la autorización tendrán que renovarse cada 5 años para permitir una adaptación en una oferta en constante evolución (las circunstancias pueden cambiar).

     

  • Todas las viviendas que se comercialicen tendrán que cumplir con la normativa de habitabilidad y los códigos de edificación vigentes. Además, se les exigirá algunos elementos adicionales para mejorar la calidad del servicio que presten a los turistas.

     

  • Se obliga a identificar a las personas que se van a alojar en la vivienda de uso turístico.

     

  • Se podrá desalojar a los usuarios que incumplan las normas de la vivienda de uso turístico en las que se alojen sin derecho a rembolso.

     

  • Para las nuevas viviendas de uso turístico se incluirá en la declaración responsable que certifiquen que la comunidad de propietarios donde se ubique la vivienda no prohíbe el establecimiento de viviendas turísticas tal y como permite la Ley de Propiedad Horizontal.

     

  • En los cambios de titularidad de la propiedad de la vivienda de uso turístico será obligatorio renovar la licencia. Es decir, la licencia irá ligada al titular de la vivienda y no al inmueble para evitar la especulación con las licencias.

     

  • Se habilita la posibilidad de que la competencia para incoar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores por infracciones leves, graves y muy graves en materia de viviendas de uso turístico ubicadas en su ámbito territorial pueda ser objeto de delegación a los ayuntamientos que así lo soliciten y cumplan los requisitos generales exigibles en la legislación reguladora del régimen local.

     

  • Se incorporan dos nuevas infracciones: una grave (negativa de las personas propietarias a facilitar identidad de titulares o documentación) y otra muy grave (alquiler por habitaciones).

     

  • Se incrementa el grado de dos infracciones: una leve pasa a ser grave (falta de comunicación de forma reglamentaria del cambio de titular) y una grave pasa a constituir una infracción muy grave (sobreventa de plazas e incumplimiento del régimen de reservas o cancelación).

     

  • Los propietarios de las viviendas de usos turísticos serán responsables subsidiarios respecto a las infracciones que se cometan. Actualmente solo es responsable quien la comercializa, que no siempre es el propietario.

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