Compromís y ex trabajadores de RTVV inician una campaña para denunciar a las TDT que incumplen la legalidad
Representantes de Compromís, entre los que se encuentra el ex consejero de RTVV Rafael Xambó o la coordinadora de sectoriales de la coalición, María José Ortega, y un grupo de ex trabajadores de RTVV han presentado ante la Secretaría Autonómica de Comunicación de la Generalitat, que dirige Lola Johnson, una serie de denuncias por las irregularidades e incumplimientos legales de algunas de las empresas que fueron concesionarias de las licencias de TDT o las explotan en la actualidad.
En los escritos de denuncia se asegura que se "viene observando reiteradamente la emisión de múltiples cadenas de televisión en TDT, tanto a nivel autonómico como local, que incumplen reiteradamente tanto el espíritu como las normas concretas de la Ley del sector audiovisual valenciano, así como las cláusulas particulares del concurso para la adjudicación de concesiones para la explotación de canales de TDT con cobertura local y regional en nuestro territorio".
Según Xambó "este descontrol en nuestro sistema televisivo y los continuos incumplimientos de la normativa afectan gravemente el desarrollo de la TDT en el País Valenciano. Y la consecuencia de este desorden impide la consolidación de una industria audiovisual en relación a estas televisiones, que ofrezca a la ciudadanía una programación de proximidad".
"No sólo han aniquilado la radio televisión pública -ha añadido el ex consejero de RTVV-, desde el gobierno del PP, primero con la adjudicación de las licencias de TDT, proceso cuestionado por la justicia, y luego por la desidia demostrada en su labor de controlar que se cumpla la ley se han cargado también la posibilidad de desarrollar un sector televisivo propio".
Con esta campaña Compromís ofrece a los ciudadanos la posibilidad de denunciar individualmente ante la administración el incumplimiento de la Ley del sector audiovisual valenciano de algunas TDT. Mediante un formulario de denuncia, las personas que lo deseen, pueden hacer constar ante la Generalidad que no están recibiendo el servicio de televisión por el que se otorgaron las licencias de TDT en 2006 , mientras que por esos canales se emiten programaciones íntegras de teletienda, tarot o se retransmite la emisión de televisiones de ámbito estatal.
De esta manera se están incumpliendo artículos de la Ley del sector audiovisual valenciano y del pliego de condiciones del concurso de adjudicación como la obligación de explotar directamente el servicio público objeto de la concesión por parte de la empresa adjudicataria , la obligación sobre la emisión de programas televisivos originales , como mínimo 4 horas diarias y 32 semanales, la obligación de reservar el 20% del tiempo de emisión a obras audiovisuales valencianas, la obligación de disponer de estudios de producción propia en el territorio valenciano, con una estructura informativa estable formada por profesionales de la información y que, como mínimo, atienda el ámbito territorial de cobertura atribuida al canal objeto de concesión o la obligación de emitir como mínimo el 25% en valenciano, en cada una de las franjas horarias de la programación.
Entre las empresas denunciadas se encuentran, UNEDISA TELECOMUNICACIONES SLU con canales en las demarcaciones de Benidorm, Castellón, Elche y Valencia por el que se emite un canal de teletienda; HOMO VIRTUALIS, SA con canales en Elda, Orihuela-Torrevieja y Sagunto por donde se emite el canal de ámbito estatal Intereconomía; LIBERTAD DIGITAL DE TELEVISIÓN, SA con canales en Sagunto y Torrent por donde se emite el canal de contenido religioso de ámbito mundial TBN-ENLACE o LAS PROVINCIAS TELEVISIÓN, SA con una concesión de TDT de ámbito autonómico por donde se emite teletienda durante casi 24 horas del día, con la excepción de un único programa propio que se emite de lunes a viernes a las 21:30, llamado "La hora de Las Provincias".
La entrada en vigor de la LGCA en 2010 supuso el cambio del régimen de concesiones del servicio público por el vigente de licencias de servicios de interés general cuando el titular sean entidades privadas. Otra cosa muy distinta es que se cumpliese el procedimiento de transformación que dicha ley determinaba. O que ni siquiera exista título habilitante por efecto de una sentencia firme de los tribunales.