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¿Cómo tramito el paro si han cerrado las oficinas de empleo?

¿Cómo tramito el paro si han cerrado las oficinas de empleo?
  • Estas son las medidas transitorias que ha adoptado el Ministerio para continuar con la gestión del paro

En España hay más de 3,2 millones de parados según establece el Instituto Nacional de Estadística (INE) y todos ellos tendrán también cerradas las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatatal (SEPE) durante este periodo de estado de alarma.

Esta medida se hizo pública por el Ministerio de trabajo y Economía Social a través de una nota de prensa en la que ordenó que a partir de este lunes se cerrase el servicio de atención al publico presencial con objeto de seguir “las recomendaciones de las autoridades sanitarias por motivos de salud pública, evitando los desplazamientos de los ciudadanos y el contacto presencial”.

Sin embargo, sus trabajadores continuaran pendiente de todas las solicitudes pero a puerta cerrada, garantizando así que la tramitación de las prestaciones por desempleo se realice para todo aquel que lo necesite.

Además, en los próximos días serán muchos los que tendrán que darse de alta en la prestación por desempleo ante la avalancha de los ERTE, medidas que ya están tramitando muchas empresas ante este nuevo acontecimiento imprevisto.

Por este motivo, el Ministerio, según establece en dicha nota “está trabajando ya en reforzar la atención telefónica y por medios electrónicos”.

Después de que se hiciera público este anuncio, muchos de los teléfonos de las oficinas se han colapsado. Sin embargo, desde el Ministerio apelan a la calma, ya que las oficinas renovaran de oficio todas las demandas de empleo y enviaran al correo o al móvil del desempleado la demanda sellada, así como su próxima fecha de renovación.

Pero, ¿Qué ocurre con todos aquellos que se queden ahora sin trabajo y tengan que solicitar el cobro por prestación? Desde el Ministerio apuntan que pueden solicitarlo por dos vías: teléfono o de forma telemática en el caso de que sea un despido individual o proviene de un ERTE.

Sin embargo, en este último caso ha de esperar a que la empresa comunique el expediente a la autoridad laboral de su comunidad autónoma.

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