El Colegio de Economistas de Castellón pide celeridad en el trámite de ayudas y medidas fiscales por la Dana
El decano presidente de la entidad colegial, José Manuel Salvador, valora la “extensa” lista de medidas impulsada por el Gobierno y la Generalitat para mitigar las consecuencias sociales, económicas y psicológicas de la Dana, pero considera necesario una mejora de “su tramitación e implementación”, “junto a la complementación de medidas preventivas”.
“La eficacia de estas medidas no siempre es la deseada, como se ha podido ver anteriormente tras otras catástrofes naturales producidas en nuestro país. En estos casos debe tenerse en cuenta muchos factores como la celeridad en la distribución de las ayudas, la suficiencia de los medios y la claridad en los procedimientos. Ya que, suele ser habitual que los retrasos burocráticos y la falta de coordinación interadministrativa, generen frustración entre las personas afectadas, evidenciando la necesidad del uso de procedimientos más ágiles y adaptados a las necesidades de la gente”, explica el decano presidente del Colegio de Economistas, José Manuel Salvador.
A su juicio, ante “un escenario de emergencia, resulta imprescindible que las Administraciones Públicas actúen de manera rápida y decidida, estableciendo todo tipo de medidas que permitan aliviar la carga de las personas damnificadas y facilitar la pronta recuperación de los municipios afectados”.
Medidas en marcha
El representante colegial expone la relación de iniciativas puestas en marcha por el Gobierno y la Generalitat. En el caso de la Administración central, pone en valor las ayudas directas para hogares y sectores económicos; concretamente: 72.000 euros por casos de incapacidad y fallecimiento; entre 20.640 y 60.480 euros para la reparación de las viviendas dañadas en función de los daños; hasta 10.320 euros para cambiar o reparar muebles, electrodomésticos y enseres; y hasta 36.896 euros para reparar elementos de las comunidades de vecinos.
Respecto a las iniciativas fiscales, continúa el colegio, los contribuyentes cuya actividad no haya superado los 6.010.121,04 euros en 2023 y tengan su domicilio fiscal en municipios afectados podrán extender el plazo de sus declaraciones y autoliquidaciones entre el 28/10/2024 y el 31/12/2024 hasta el 30/1/2025. Para el IVA mensual, el plazo de noviembre se amplía hasta el 16/12/2024. También hay un aplazamiento de 24 meses sin intereses en los primeros seis meses para deudas cuyo vencimiento esté entre el 28/10/2024 y el 30/1/2025. Asimismo, para los plazos de revisiones de la AEAT no contará el periodo entre el 28/10/2024 y el 30/1/2025. Los recursos y reclamaciones que no hayan concluido al 28/10/2024 tendrán plazo hasta el 30/1/2025.
Por su parte, se impulsa la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio 2024.una reducción dl Impuesto sobre Actividades Económica, la retirada de las tasas de Tráfico y la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados o la expedición de los permisos de conducir y los DNI, así como de la tasa de acreditación catastral en la expedición de certificaciones sobre inmuebles afectados.
También hay reducciones fiscales especiales para actividades agrarias, la suspensión del cobro del segundo pago del IRPF del ejercicio 2023 hasta el 5/2/2025 y la eliminación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y de créditos hipotecarios o sin garantía hipotecaria.
En cuanto a la Seguridad Social hay exenciones en la cotización, aplazamiento y moratoria de pagos, o la ampliación del plazo de ingreso de las cuotas o suspensión de plazos.
En materia de empleo, hay novedades en materia de protección de la salud, permisos retribuidos no recuperables, teletrabajo y la posibilidad de declarar ERTE por causa de fuerza mayor.
Por último, hay flexibilidad de suministro de electricidad y de gas natural hasta el 31/12/2025 para los consumidores de los municipios afectados.
En cuanto a las medidas adoptadas por parte de la Generalitat, en materia fiscal, se ha aprobado una deducción del 100% de los gastos de reparación para daños en la vivienda habitual, hasta un límite de 2.000 euros, con condiciones de ingresos, aplicable a los ejercicios fiscales de 2024 y 2025. Adicionalmente, se permite una deducción del 45% sobre inversiones realizadas en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones sociales derivadas de acuerdos de creación o ampliación de capital de ciertas entidades, con un tope de 9.900 euros, también aplicable en los ejercicios fiscales de 2024 y 2025.
Respecto a otros impuestos, hay bonificaciones en Sucesiones y Donaciones en Transmisiones Patrimoniales, así como en adquisiciones lucrativas inter vivos destinadas a reponer bienes dañados por el temporal y en la compra de una nueva vivienda.
Por último, en las medidas económicas destacan la ayuda directa de 6.000 euros por vivienda afectada para la adquisición de bienes de primera necesidad y la ayuda directa a los municipios afectados. Las personas afectadas pueden solicitar la subvención hasta el 16 de diciembre de 2024.