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La Policía Local instruye 31 atestados en tres meses por la comisión de presuntos delitos contra la seguridad vial

    La Policía Local de Burriana ha instruido durante el primer trimestre de este año un total de 31 atestados por la comisión de presuntos delitos contra la seguridad vial, casi el doble que el año pasado al aplicar la nueva regulación fijada por el Código Penal. Según el informe trimestral de la Policía Local, en el mismo período de 2008 se instruyeron 17 atestados en materia de seguridad vial y se detuvo al mismo número de personas, mientras que este año han sido 28 los detenidos, que han sido puestos a disposición judicial.

    De los 31 atestados en 2009, 12 están relacionados con la detención de personas que no habían obtenido nunca permiso de conducción, circunstancia no tipificada en la anterior legislación penal. El número de detenidos por alcoholemia fue de 16, frente a 15 del primer trimestre de 2008. En cuanto al origen de los infractores, 19 son de nacionalidad española, 7 naturales de Rumanía, 2 marroquís, 2 argelinos y un senegalés.

    El 25,81% de las infracciones fueron cometidas por personas de edades comprendidas entre los 21 y los 25 años, que constituye el grupo con mayor número de denuncias. Los presuntos autores de los delitos, en más del 50 % de los casos, tenían una edad igual o inferior a los 30 años. De los 31 atestados, sólo en uno el presunto autor era una mujer.

    El nuevo y vigente Código Penal, en sus artículos del 379 al 385, castiga la conducción de un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, con una pena de prisión de 3 a 6 meses o a la de multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 90 días, y en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

    Asimismo, prevé las mismas penas por conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gr./l.

    La legislación actual también contempla penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta 4 años para aquellos conductores que, requeridos por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

    Aquellas personas que conduzcan un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, se enfrentan a penas de prisión de 3 a 6 meses o a una multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Con las mismas penas se castigará al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

    comentario 1 comentario
    yo
    yo
    10/04/2009 08:04
    SI A LA NUEVA REGULACION DEL CODIGO

    Me parece estupendo , toda seriedad justa,aplicada a la conducción ,es poca ,con la peligrosidad que causa las inprudencias.Por desgracia, creo que todos conocemos a alguien, que perdió un ser querido en la carretera, e indigna más cuando, la persona sólo se dirigía a su trabajo. Asi que, noticias como esta, más que alegrar te alivian un poco.

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