AVA-ASAJA critica la discriminación arbitraria en los cítricos y caquis en la rebaja de módulos
El Gobierno atiende las reivindicaciones de AVA-ASAJA al reducir de manera generalizada los módulos a uva, olivar, almendro, cereales, ganadería y apicultura
La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) critica que la rebaja de módulos publicada hoy por el Gobierno “persiste un año más en la discriminación arbitraria y sin criterios objetivos en cultivos tan importantes para la Comunitat Valenciana como son los cítricos y los caquis, ya que debido a adversidades climáticas generalizadas padecieron la producción más corta de la última década, además de afrontar extraordinarios costes de producción y problemas de plagas y enfermedades”. La organización agraria había solicitado una reducción de módulos potente y amplia para toda la Comunitat Valenciana, pero la orden ministerial establece diferencias entre términos municipales colindantes e, incluso, hay muchas localidades que tienen una rebaja específica para naranja pero no para mandarina, cuando los efectos climáticos son los mismos.
Por el contrario, la organización agraria valora que el Gobierno atienda sus reivindicaciones a la hora de reducir de forma más generalizada los módulos en la uva para vino, el olivar, el almendro y los cereales, cultivos todos ellos extremadamente afectados por la sequía, el pedrisco y las altas temperaturas. Asimismo, la orden fija una rebaja global a los ganaderos y los apicultores, que también sufrieron altos costes de producción y escasez de pastos.
En el caso de la uva, sin embargo, AVA-ASAJA puntualiza que mientras las provincias de Valencia y Alicante sí disponen de una rebaja suplementaria en los módulos de uva para vino con DO y sin DO, la provincia de Castellón en su totalidad se queda fuera.
Reducción general
La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 15% a la que podrán acogerse los agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. La orden permite que este año también los declarantes en estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35% por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15% por compra de fertilizantes.
Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75.