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Aprobado el decreto que modifica la regulación de la tipología y funcionamiento de centros, servicios y programas de servicios sociales

    El Consell ha aprobado el decreto por el que se amplían los plazos de la norma que regula la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

    Esta nueva norma modifica parcialmente el decreto 27/2023, de 10 de marzo, que describe, ordena y concentra la normativa de aplicación a los centros en materia de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana y establece sus características, condiciones funcionales, estructurales, materiales y de personal, así como los requisitos necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento.

    La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha constatado, tal y como le ha trasladado el propio sector afectado, la dificultad o imposibilidad de cumplimiento de diferentes plazos establecidos en dicho decreto para que los centros de servicios sociales apliquen los requisitos, por lo que ha considerado oportuna y necesaria su modificación.

    Por ello, el nuevo decreto aprobado por el Consell modifica estos plazos y los adecúa a unos periodos temporales más realistas y razonables que permitan una mayor y mejor adaptación a los fines que se persiguen con la regulación.

    Cabe señalar que las modificaciones aprobadas afectan exclusivamente al calendario de algunas de las exigencias establecidas en el anterior, pero no produce ningún perjuicio a las personas usuarias de los centros y recursos incluidos. Además, se aplican a ámbitos muy concretos, como instalaciones, figuras profesionales, ratios o titulaciones.

    Asimismo, la modificación respeta y se ajusta el calendario fijado en el acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre criterios comunes de acreditación de calidad de los centros y Servicios del Sistema de Atención a la Dependencia hace dos años. Concretamente, la ampliación de plazos y calendario afecta a seis disposiciones transitorias de las 23 que tiene.

    Ampliación de plazos

    Tal y como recoge el nuevo decreto, se amplía en un año más el periodo para la adecuación de los centros, servicios y programas de servicios sociales actualmente autorizados, en cuanto a las denominaciones y contenidos de las nuevas tipologías de centros, servicios y programas de servicios sociales.

    Se añade un periodo de dos años más para que los centros autorizados adapten sus instalaciones, y también se amplía en un año más para que los centros adapten sus plantillas, figuras profesionales, ratios y titulaciones a los criterios o requisitos establecidos.

    Con este nuevo marco jurídico, se ordena la atención primaria y la atención secundaria con condiciones materiales y funcionales básicas de los centros, servicios y programas, especificando las prestaciones que ofrecen y detallando aspectos organizativos, de personal o metodológicos.

    Respecto al personal, se aborda la actualización de las ratios de profesionales de todos los recursos incluidos en el sistema, lo que ofrece nuevas oportunidades de trabajo, con más personal y nuevos perfiles técnicos y una apuesta clara en planes de formación destinados a las plantillas de recursos de servicios sociales.

    Asimismo, destaca la apuesta por nuevos modelos de atención convivenciales y un número máximo de plazas más reducido para crear centros residenciales más parecidos a un hogar y espacios más humanos, todo ello con el fin de mejorar la atención en los centros de servicios sociales municipales, centros ambulatorios y centros de día.

    Además, el nuevo decreto se marca como objetivo una mayor adaptación a las necesidades de las personas y del territorio con mecanismos como la atención por sesiones o los puntos de atención deslocalizada.

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