El Ayuntamiento remite a Medio Ambiente el tercer informe para conocer la procedencia de los residuos que prevé tratar una mercantil en el municipio
El consistorio ya remitió sendos oficios al Consell, el 28 de octubre de 2011 y el 3 de julio de 2012, para obtener información de la actividad
El Ayuntamiento de Almassora ha remitido esta mañana a la Dirección Territorial de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente un nuevo informe técnico, el tercero, por el que el municipio traslada al Consell la preocupación de la Administración local por la composición y procedencia de los residuos que tiene previsto tratar una mercantil en una planta proyectada en el término municipal de Almassora.
El documento técnico se suma a otros dos informes ya remitidos por el consistorio a la Administración autonómica. El primero, el 28 de octubre de 2011, en el que el Ayuntamiento de Almassora acompañaba informe técnico y fotografías de la actividad sujeta a Autorización Ambiental Integrada (AAI) solicitada por una mercantil a situar en el término municipal de Almassora, en la partida Pla de Museros sin número.
El segundo de los expedientes, emitido el 3 de julio de 2011, acompaña de nuevo informe del ingeniero municipal poniendo de manifiesto la situación actual consistente en el ejercicio, por la mercantil, de la actividad “Centro de acondicionamiento de residuos no peligrosos”, sujeta a Autorización Ambiental Integrada, sin haber obtenido la misma. El expediente adjuntaba asimismo un dossier fotográfico.
El tercer oficio que remite el consistorio, con fecha de salida hoy jueves 5 de julio, tiene en cuenta que la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente está tramitando el expediente para la obtención, si procede, de la Autorización Ambiental Integrada, y pone de manifiesto que si bien el informe municipal es preceptivo pero no vinculante, “el municipio de Almazora se encuentra incluido en la Zona II” del Plan Zonal de residuos.
En este sentido, el expediente recuerda la Orden de la Conselleria de Territorio y Vivienda de 2 de diciembre de 2004 de la Comunidad Valenciana que establece determinados principios, entre ellos, el de proximidad. “Los residuos deben gestionarse lo más cerca posible de su origen. Se aplicará el principio de proximidad, promocionando la ubicación de las instalaciones en el lugar más próximo y adecuado posible al punto de generación de los residuos, siempre y cuando las instalaciones dispongan de masa crítica de residuos a tratar, minimizando en la medida de lo posible el traslado de los mismos”.
Un marco en el que el se constituyó el Consorcio de Residuos de la Zona II, creado el 28 de diciembre de 2005, y del que forma parte Almassora. Por ello, “este Ayuntamiento considera conveniente solicitar informe a este Organismo, al objeto de que se pronuncie al respecto de la actividad que se pretende instalar”, tal y como concreta el informe técnico emitido por el consistorio.
Composición de los rechazos
Cabe señalar que este expediente remitido hoy al Consell también recoge la preocupación de la Administración local por “la composición y procedencia de los residuos que vaya a tratar esta planta, puesto que como ya se ha indicado en el punto anterior, los residuos de todos los municipios incluidos en el Consorcio son gestionados por este, por lo que parece evidente que se van a tratar residuos procedentes de otras zonas”.
Asimismo, reseña, “tampoco se detalla cuál es la composición de los residuos a gestionar, ni incluye una relación de los mismos, principalmente los incluidos en el código CER 191212, que son los mayoritarios, con descripción de los mismos, características y condiciones de su almacenamiento”.
Por último, advierte el documento, “y a la vista de la cantidad de toneladas que va a constituir su actividad, desconoce este Ayuntamiento cuál es el tonelaje de los camiones que van a transportar el material, pudiendo resultar incompatible con los accesos existentes hasta llegar al Centro de Acondicionamiento, puesto que el acceso hasta el mismo se prevé realizarlo por el Camí Pla de Museros, que tiene una prohibición de circulación de vehículos de más de 10 Tn”.