La Audiencia de Valencia absuelve a un cobrador del frac
La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un "cobrador del frac" que entró en la vivienda de un hombre de Alfafar para notificarle una deuda. La Sala absuelve al acusado después de que un jurado popular emitiera un veredicto de no culpabilidad al considerar que no había pruebas que demostraran que el hombre cometiera un delito de allanamiento de morada y de amenazas, como mantenían las acusaciones.
Los hechos sucedieron en enero de 2014 cuando el hombre absuelto acudió a un domicilio particular de la localidad valenciana de Alfafar, vestido con traje negro y con un coche rotulado como "cobrador del frac", para notificarle una deuda al dueño de la casa.
Según el relato de hechos probados, el cobrador fue recibido por la madre del deudor, de 84 años, y por su esposa, con las que conversó y a las que dejó una tarjeta de visita con el membrete del "cobrador del frac".
Al día siguiente, el dueño de la casa denunció al recaudador por entrar en su domicilio sin permiso y amenazar a su madre y a su pareja.
Durante la celebración del juicio oral, el fiscal solicitó dos años de prisión por un delito de allanamiento de morada y otros dos años por un delito de amenazas. Por su parte, la acusación particular solicitó una pena de tres años de prisión por el primer delito y dos años por el segundo.
Sin embargo, la sentencia considera que, tras la declaración del acusado y de los testigos no existen pruebas para condenar al acusado. Además, la Sala explica que durante el juicio no se demostró por parte de las acusaciones que el "cobrador del frac" amenazara a las dos mujeres o allanara su vivienda, como mantenía el deudor en su denuncia.