La justicia obliga a perdonar 40.000 euros de deudas a un vecino de Aldaia en ruina por un ERTE
Un juzgado de Torrent aprueba finalmente la exoneración de las deudas contraídas por este valenciano frente a diferentes entidades privadas y públicas
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrente aprueba finalmente la exoneración de las deudas contraídas por este valenciano frente a diferentes entidades privadas y públicas.
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad puede decir adiós definitivamente a los 40.000 que tenía pendiente y mantener su vehículo en propiedad.
Este proceso, llevado a cabo íntegramente por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, ha finalizado con éxito en apenas 2 años.
Cancelar deudas privadas y públicas y comenzar de cero
Los efectos de una pandemia mundial siguen dejando personas afectadas, aunque en este caso con un final más esperanzador. El protagonista de esta historia acumuló varios préstamos y tarjetas con varios bancos y entidades financieras.
A pesar de tener unos ingresos estables que le permitían pagar (aunque con dificultades) sus deudas, la pandemia descuadró su economía. El estado de alarma hizo que su empresa iniciara un procedimiento de regulación temporal del empleo (ERTE). Ello provocó que su jornada laboral se viera reducida hasta el 80% del total, y la consecuente caída de sus ingresos.
Pronto empezó a notar como no llegaba igual de bien a final de mes y fue optando por realizar pequeños impagos pero sacar su familia adelante. La cuantía a deber iba aumentando, debido a unos intereses desorbitados, y cada vez más acreedores se hacían notar reclamando el pago y amenazando con el embargo de su coche. Además, a la lista se unían incluso Administraciones Públicas como el Ayuntamiento de Aldaia o la AEAT.
Entonces, fue cuando escuchó la existencia de esta Ley de la Segunda Oportunidad y decidió interesarse por su funcionamiento. Solicitó ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad con despacho físico, entre otras ciudades, en Valencia capital. Al comprobar que cumplía todos los requisitos, los abogados de la Asociación le recomendaron declararse insolvente y acogerse al procedimiento
Etapas de la Ley de la Segunda Oportunidad
Presentando el primer escrito, conocido como “pre-concurso” ya se empezaron a vislumbrar cambios en su situación: los acreedores no pueden reclamar ningún pago hasta que el deudor proponga un plan de pagos a estos, mínimo durante tres meses. Por supuesto, no pueden iniciar embargos contra él.
Dicha propuesta se envió a todos los bancos en tiempo, pero no se aceptó, ya que las entidades contaban con seguros que les pagaban más de lo propuesto por el deudor. Esto no suponía ningún perjuicio para el cliente, el cual ahora había dejado por escrito y en documento público que intentó pagar algo, a pesar de ser insolvente.
Tras esto, los abogados de la Asociación presentaron la demanda de concurso de acreedores en el Juzgado, haciendo mención al intento de acuerdo propuesto sin éxito. En la misma solicitud se pidió directamente el perdón del total de deuda pendiente, ya que el interesado solo contaba con un coche en propiedad.
Esta petición fue aprobada el pasado 7 de febrero por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrente.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad
Concretamente en este caso, donde se ha perdonado deuda de derecho público (con la Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Aldaida), se han tenido que probar lo siguientes requisitos:
1) El deudor era insolvente, es decir que no podía pagar todas sus deudas puntualmente.
2) La deuda total no superaba los cinco millones de euros.
3) El solicitante es un “deudor de buena fe”. Esto es que haya intentado llegar a un acuerdo con los acreedores y que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos.
4) No haber rechazado una oferta de empleo acorde a su formación en los últimos cuatro años
5) No haber obstaculizado al juez ni al administrador concursal en sus labores
6) No haberse acogido en los últimos diez años a la ley de la segunda oportunidad
Esta resolución dictada el pasado 7 de febrero de 2022 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a ese deudor libre de 38.889,17 euros, aprobar el plan de pagos propuesto para los créditos públicos no exonerables de 163,33 euros durante cuatro meses y mantener su vehículo en propiedad.
Desde entonces, los acreedores del asociado -como Cetelem, Santander, Wizink, BBVA o Carrefour- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.
Otra exoneración más conseguida por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en la Comunidad Valenciana y no es la primera que incluye la cancelación de créditos de derecho público. Algunas recientes como los 72.000 el pasado diciembre en Valencia o los 95.000 euros en Orihuela, Alicante. Todas las exoneraciones y sentencias conseguidas por la Asociación están disponibles en su web.