El Ayuntamiento realiza una campaña de limpieza y desbroce de los terrenos agrícolas
Durante los meses estivales y debido a las altas temperaturas los campos que están llenos de rastrojos y malas hierbas constituyen un peligro para el resto de terrenos colindantes dada su propensión a ser objeto de incendios.
Por ello, desde que se iniciara la legislatura y con el objetivo de prevenir situaciones de peligro tanto para la integridad de los cultivos como para los agricultores, cada año se han establecido calendarios por el que se obliga a que cada propietario o arrendatario de los terrenos ejecute la limpieza de los mismos.
Esta medida, que es supervisada en todo momento por los servicios municipales, tanto Policía Local como Brigada de Obras, se realiza parcelando la zona agrícola del municipio y en función de las necesidades.
De hecho, en algunas zonas, como la que rodea al colegio Mariano Serra se insiste de forma especial cada año. Esta zona es la que se emnarca entre el llamado Camí Fondo y la carretera Aldaia-Xirivella.
En cualquier caso, existe la obligatoriedad tanto en los terrenos privados como en los huertos de autoconsumo cedidos por el Consistorio, de mantener la parcela en óptimas condiciones.
Este año, la campaña de limpieza y desbroce de las parcelas se ha iniciado antes, debido a que en los últimos meses en la Comunidad Valenciana, se han producido escasas precipitaciones lo que ha derivado en una gran sequedad en la vegetación.
Por ello, desde principios del mes de mayo, no sólo se le ha notificado a todos los propietarios de terrenos la obligatoriedad de realizar la limpieza de sus campos, ya fuera por desbroce o por quema controlada. No obstante en el caso de la quema el periodo para utilizar este método ha finalizado hace 15 días debido a que nos encontramos en situación de prealerta por incendios y por tanto, los campos que no estén limpios en la actualidad deberán utilizar otro tipo de métodos.
Así se las ha instado a “que proceda al desbroce y limpieza de la misma en virtud del deber de los propietarios de conservación de sus parcelas y terrenos establecido en el art. 8 a) de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable, antes de que dé comienzo la estación estival, con el objeto de prevenir posibles incendios”.