ALCALÀ DE XIVERT | TURISMO

El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre ha tramitado 118 expedientes de viviendas turísticas en el último año

ELPERIODIC.COM - 03/06/2019

El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre ha tramitado 118 expedientes de viviendas de uso turístico desde la entrada en vigor, en junio de 2018, de la nueva normativa turística de la Generalitat Valenciana. La mayoría de estos expedientes han sido favorables por lo que se les ha otorgado la compatibilidad urbanística y cumplir así la normativa turística de la Generalitat Valenciana. En los casos de edificios con licencia para uso turístico hotelero  pero con suelo calificado como residencial, desde el Ayuntamiento se ha otorgado la compatibilidad urbanística y han podido cumplir con todas las exigencias de la normativa autonómica y figurar en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. Solo en el caso de los apartamentos ubicados en complejos de uso hotelero y con calificación urbanística de suelo hotelero, el Ayuntamiento ha aplicado la legislación y, al no contar con cédula de habitabilidad, no se les ha podido otorgar la compatibilidad urbanística. Desde el Ayuntamiento se ha actuado con diligencia y en aplicación de la normativa urbanística en vigor ya que el propio PGOU contempla en su artículo 7.5 que “los aparhoteles y apartamentos en régimen de explotación hotelera o temporal pertenecen al uso residencial”.  Según se ha podido contrastar con otros Ayuntamientos, es la forma de actuar común y en aplicación de la normativa turística autonómica.

Precisamente, con el fin de promover la adaptación a la normativa autonómica, el Ayuntamiento y la Asociación de Empresarios de Alcalà-Alcossebre han promovido la marca “Alcalà-Alcossebre, Alojamiento de Calidad” a través de la que se  ha informado a los propietarios de alojamientos turísticos cómo cumplir con los requisitos exigidos por la ley  y se les ha ofrecido asesoramiento. Desde la propia Asociación confirman que “la mayor parte de alquileres que se dan en Alcossebre se gestionan a través de empresas inmobiliarias especializadas y, en ese caso, los apartamentos cumplen estrictamente la ley. Es en el caso  de alquileres que gestionan particulares cuando se están encontrando que ahora, al querer adaptarse a la normativa para poder seguir alquilando o aparecer en plataformas como Booking, no pueden hacerlo porque su vivienda no cumple con la normativa pero se trata de casos puntuales”.

“Hemos hecho un esfuerzo por asesorar y animar a los propietarios de viviendas turísticas a que normalizaran su situación para que pudieran cumplir la ley y figurar en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana”,  ha señalado el concejal de Urbanismo, José Colom. “En todo momento, se ha intentado reducir al mínimo los casos afectados para favorecer la actividad económica pero, siempre y cuando, el suelo en el que estuviera ubicado el apartamento fuera residencial y no hotelero. Hay que aclarar que los casos a los que se hace referencia corresponden a edificios construidos antes de la entrada en vigor del PGOU en 1998”.  Los edificios de apartamentos construidos con el PGOU de 1998 en vigor cumplen estrictamente la normativa al estar ubicados en suelo de tipo residencial.