Los peritos de Reyval se ratifican en sus informes pero ponen en duda sus propios conocimientos en incineración de residuos
Ayer tuvo lugar el acto de ratificación de los informes presentados por la empresa Reyval en el contencioso-administrativo presentado por la Plataforma Ciutadana No a la Contaminació y Ayuntamiento de Alcora sobre la concesión d de la AAI. Por parte de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medioambiente como parte demandada, ha hecho acto de presencia su abogado sin hacer pregunta alguna a los peritos. También estuvieron el abogado del Ayuntamiento de l’Alcora y Plataforma Ciutadana No a la Contaminació, Albert Calduch, junto con el portavoz de la Plataforma, Toni Albert, y los responsables y representantes legales de la empresa Reyval.
A las preguntas del abogado, los peritos de Reyval evidenciaron, según la Plataforma, “sus pocos conocimientos de incineración, como demuestra que a finales del 2008, a las alegaciones que presentó el ayuntamiento, uno de los peritos redactores del informe pericial, autor del proyecto básico, tuviera que reconocer que el horno propuesto en el proyecto de 2007 no podía tratar los residuos propuestos, sino cinco veces menos y que por tanto las emisiones iban a ser cinco veces mayores. Ante las alegaciones del Ayuntamiento posteriores, demostrando la incompetencia del proyecto, Reyval contrató en 2009 un experto para realizar un nuevo proyecto totalmente distinto al contemplado en el proyecto original. Dicho proyecto fue analizado por el Jefe de Área de Calidad Ambiental, responsable de la tramitación de la AAI, instando a la empresa a reiniciar el procedimiento, por entender que se había producido una modificación sustancial. Este suceso es evitado por la empresa en sus informes así como las modificaciones sustanciales de emisiones en el proceso de incineración, que pasaron de 33.000 Nm3/hora a 180.000 Nm3/hora, más del 500%, sin que exista evaluación por parte de la empresa o la administración autonómica del incremento significativo de impacto ambiental que supone”.
Los peritos respondieron primero a las preguntas de la abogada de Reyval, dirigidas a enfatizar en las supuestas bondades del proyecto e intentar demostrar que no se han producido modificaciones sustanciales. Con posterioridad, a preguntas del abogado del Ayuntamiento y Plataforma, sobre estas modificaciones sustanciales del proyecto inicial, los peritos contratados por la empresa han respondido que después de concedida la AAI, es cuando corresponde realizar las concreciones técnicas al proyecto, llegando a decir que es entonces cuando se decide hacer uno, dos o incluso tres hornos de incineración, o se concretan las características técnicas de las medidas correctoras, por ejemplo tamaño de filtros y resto de equipo de tratamiento de gases. De hecho es así como se ha ido tramitando la AAI, pues no existe en ninguna parte de toda la documentación mención alguna a las características concretas de los equipos de tratamiento de gases, teniendo en cuenta que los volúmenes de emisión de estos gases de la incineración se multiplican por cinco en la AAI respecto del proyecto inicial. Según este interesado planteamiento, primero se pone a exposición pública un proyecto básico, con un escueto estudio de impacto ambiental, si es que se le puede llamar así, y después de la exposición pública se modifica al gusto de la empresa solicitante, con el beneplácito de la administración autonómica competente, a pesar de que el total de las emisiones atmosféricas autorizadas, supongan tres veces más emisiones que las propuestas inicialmente.
Tampoco le dieron importancia al cambio de materiales a incinerar producido después del proceso de información pública, pasando de pretender incinerar poco más que trapos, papel y madera, a quemar además, hasta 48 tipos de residuos considerados peligrosos, algunos de ellos residuos peligrosos sanitarios, disolventes, pinturas y tintas, que incinerados, pueden provocar emisiones peligrosas, incluso en las mejores condiciones de funcionamiento de la instalación. Estos materiales suponen ahora más del 80% de los destinados a incinerar, según la AAI.
También quedó en evidencia que el tratamiento, que en principio pretendía reciclar y reutilizar materiales como disolventes y otros residuos recuperables y que en el proyecto básico se recuperaban, junto con el agua, ahora se pretenden simplemente incinerar porque es más rentable, saltándose la jerarquía que plantea la Directiva Marco de Residuos en las prioridades en el tratamiento, especialmente en los residuos peligrosos.
Los peritos de Reyval, a la pregunta de Calduch, sobre las distancias a núcleos urbanos, se acogieron a que en el 2006 se le concedió licencia urbanística para un proyecto básico, a pesar de que en los estudios de impacto ambiental redactados por uno de ellos, se mintiera sobre estas distancias, ubicando en principio al municipio de l´Alcora a seis km cuando en realidad está a menos de 3 km. En el informe pericial se reconoce ahora que la distancia respecto del municipio d Alcora es de 3 km, pero todavía se sitúa a San Juan de Moró a seis km,( en el estudio de impacto ambiental a 7 km), cuando en realidad está a 3,9 km de la planta de tratamiento de residuos de Reyval. Parece que hay cierto interés del responsable del estudio en alejar, aunque sea en el papel, a los núcleos urbanos, ya que en los estudios de impacto ambiental ni siquiera se menciona la pedanía del Mas de Flors de San Juan de Moró, que está a unos 2,5 km de la planta de Reyval.
La Plataforma considera que “se ha puesto en evidencia cómo ese proyecto, después de la exposición pública, se ha modificado sustancialmente sin que esas modificaciones se hayan visto reflejadas en la evaluación de impacto ambiental y que los ciudadanos, en el momento de aquella información pública, no conocieran las verdaderas intenciones de la empresa, puesto que se evitó mencionar la palabra incineración en el resumen no técnico del proyecto, que es el destinado a la información de los ciudadanos, dando una imagen de bajo impacto ambiental, con volúmenes de emisión que se vieron incrementados cinco veces finalmente así como el supuesto tratamiento en la incineración de trapos, madera y papel, que posteriormente se vio incrementado con numerosos tipos de residuos tóxicos y peligrosos, llegando a suponer el 78% del material incinerado”.
“Todas estas modificación sustanciales, después de la exposición pública, son cuestiones que suponen un alto impacto ambiental en las comarcas por los altos niveles de contaminación que soportan ya pues se superan los límites de inmisión de partículas en la comarca”.