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Alcoy recuerda que está publicada la consulta pública previa en la elaboración de la Ordenanza de ‘peatonalización’

ELPERIODIC.COM - 02/09/2024

Se hace una consulta pública previa informando de que se hará una ordenanza, por lo tanto, no se puede publicar en este paso porque se incumpliría la normativa vigente

El Ayuntamiento de Alcoy publicó el pasado 8 de agosto en su web municipal la consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza de ‘peatonalización’, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta ley determina que cuando cualquier administración con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento hará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente. Se trata «de una declaración de intenciones», tal como explica el personal técnico y, por lo tanto, no se tiene que publicar la ordenanza en este paso o se incumpliría este artículo y cualquier persona podría presentar un recurso.

A pesar de que el plazo legal podría considerarse de 10 días, tal como podemos comprobar en casos similares en otras administraciones. El Gobierno local determinó en este caso que el plazo se prolongara hasta el 16 de septiembre para poder aprovechar las personas interesadas el mes de agosto y la primera quincena de septiembre para hacer sus observaciones, aunque como ya hemos dicho, no se ha publicado la ordenanza, porque se cometería un error administrativo, ahora se ha publicado lo que dice la ley (articulo 133):

Es decir, en esta consulta se tienen que dar a conocer los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma, así como las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras.

En concreto, en cuanto a los problemas que se pretenden solucionar con esta iniciativa, hay que reseñar que la creación de espacios de uso peatonal compuerta necesariamente la restricción de los accesos de vehículos a las zonas peatonales, lo cual, necesariamente, tiene que compatibilizarse con aquellas otras situaciones en las cuales el uso del vehículo es preciso para atender demandas de inexcusable atención, tal es el caso de mudanzas, obras, supresión de barreras de accesos en el caso de personas con movilidad reducida, enfermos, etc., así como el respecto a aquellas otras situaciones ya existentes, como es el caso de los garajes o zonas de aparcamiento de los vehículos de los residentes, que pueden ser objeto de compatibilización sin deterioro del uso principal del vial.

El segundo punto es la necesidad y oportunidad de su aprobación, que acontecen en la inevitable elaboración de una ordenanza específica que responda al panorama actual de la movilidad en nuestra ciudad y que tenga en cuenta los cambios que se están produciendo en materia de movilidad con la ejecución de las zonas peatonales y las posibles fricciones que pudieran producirse entre los diferentes usuarios de estas, estableciendo las normas y delimitando los derechos y obligaciones de cada uno de ellos.
Los objetivos de la norma fundamentalmente son cinco: Aumentar la superficie y calidad de la red dedicada a peatones. Recuperar espacios públicos para uso y disfrute del ciudadano. Incentivar los modos de transportes más sostenibles (fomento de la movilidad a pie, en bicicleta y transporte colectivo urbano), Medidas de integración del transporte público y fomento de la intermodalidad y Regular la carga, descarga y reparto de mercancías, consiguiendo una adecuada distribución urbana de estas.

Finalmente, respecto a las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras, hay que señalar que dado que se trata de una norma que restringe y regula determinados derechos de en las vías públicas no se ve posibilidad de una regulación de carácter no regulador (no normativo).

Toda esta información además de estos documentos: Plan de movilidad urbana sostenible (PMUS), Estudio de peatonalización, Estudio de tráfico inicial y Actualización del estudio de tráfico se pueden consultar en el web del Ayuntamiento de Alcoy. Precisamente la publicación se hizo el 8 de agosto porque tal como se puede comprobar en la fecha de firma de finalización de la actualización del estudio de tráfico fue cuando acabó, pero como ya hemos dicho, prolongando el plazo hasta el día 16 de septiembre.

Las personas o entidades interesadas pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados hasta el 16 de septiembre, a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alcoy: Catálogo de trámites/ Todos los trámites/ Solicitud de propósito general, también en el Registro General del Ayuntamiento, tanto de manera electrónica como presencial o por cualquier medio de los establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El proceso continuará cuando finalice esta consulta pública previa 133.1 el 16 de septiembre con el posterior informe de contestación de las observaciones. El siguiente paso será el inicio de la consulta pública previa 133.2. En este caso se adjuntarán nuevos informes de los departamentos respecto al proceso 133, además de los estudios y como no la nueva ordenanza, y el informe del proceso de participación ciudadana.

Después de la exposición pública pasará el circuito de aprobación al Pleno, donde se hará la aprobación provisional. El texto aprobado en el Pleno tendrá que estar expuesto 30 días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Si no hay alegaciones se aprueba directamente y se publicaría al BOP, en caso de haber, después de resolverse pasaría al Pleno que sería el encargado de la aprobación definitiva.

La concejala de Participación y Transparencia, Aroa Mira, destaca que: “estamos llevando a cabo un proceso en el cual estamos escuchando a toda la ciudadanía, empezamos el 29 de enero y queremos conseguir el máximo consenso posible. Seguimos los pasos que marca la ley no hemos publicado la ordenanza simplemente porque la ley así lo determina, si lo hubimos hecho se podría anular la ordenanza de nuevo”.

PROCESO PARTICIPATIVO PARA CONSEGUIR UNA ORDENANZA DE PEATONALIZACIÓN CON EL MÁXIMO CONSENSO

Con este paso continúa avanzando el proceso participativo para conseguir una Ordenanza de peatonalización que tenga el máximo consenso de la ciudadanía, tanto de entidades, como comerciantes y vecindario.

Este proceso empezó el pasado 29 de enero con una reunión abierta a la ciudadanía donde explicó cómo se llevaría a cabo el proceso y en la cual se estableció un plazo para recoger aportaciones. Se habilitó un correo electrónico para recoger las propuestas. Después de recogerlas y hacer el personal técnico una clasificación de su viabilidad se trabajaron en talleres, tanto por los grupos de interés, como por la ciudadanía en general. En concreto, este paso fue el de la deliberación y establecimiento de acuerdos. Hicieron una serie de talleres participativos. El primero consistió en un debate sobre las alegaciones presentadas, que recordamos, el personal técnico había tratado su viabilidad. Se llevó a cabo en dos días, el 3 de abril con los grupos de interés: asociaciones vecinales, comerciales, empresariales, entidades sociales, grupos políticos, etc. y el día 4, abierto a la ciudadanía con inscripción previa.

Se hicieron dos talleres más para establecer los acuerdos definitivos teniendo en cuenta los debates previos los días 10 y 11 de abril.