Agricultura actualiza el Reglamento de la Marca de Calidad ‘CV’ para Productos Agrarios y Agroalimentarios
La marca ‘CV’ permite al consumidor identificar productos agroalimentarios singulares y conocer, de forma transparente, cuáles son las características que se garantizan
La Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca prepara un nuevo Decreto, por el que se aprobará el Reglamento de la Marca de Calidad ‘CV’ para Productos Agrarios y Agroalimentarios, que prevé el desarrollo de un reglamento de uso de la marca, para que todos los operadores se atengan a las mismas normas de uso, tanto estéticas como de ocasiones en las que se podrá usar.
Este nuevo proyecto de Decreto, que derogará la norma anterior, del año 1998, dispone que dicha marca se empleará para identificar los productos agrarios y agroalimentarios singulares que cumplan unas reglamentaciones de calidad determinadas.
El nuevo texto se adapta a la realidad de la administración electrónica, simplifica el procedimiento para autorizar a las entidades que soliciten el uso de la marca y prevé un mecanismo de publicación de información relativa a los productos reconocidos, las entidades autorizadas a su gestión y los operadores autorizados a su uso.
La razón de ser de la marca ‘CV’ es que existe un buen número de productos agroalimentarios singulares que tienen interés sociocultural, que son apreciados por su calidad o singularidad o que se consumen tradicionalmente en ocasiones especiales o en recetas típicas que están en riesgo de desaparecer o de ser sustituidos por otros productos similares, pero no auténticos.
Una forma de preservar la singularidad y autenticidad de estos productos es establecer cuáles son sus características fundamentales y distinguirlos con una marca de garantía para evitar posibles fraudes y competencias desleales.
El uso de la marca ‘CV’ debe ser no discriminatorio y estar abierto a todos aquellos productores que elaboren productos que cumplan con las especificaciones de calidad que se aprueben sobre ellos.
Para garantizar un proceso equitativo e imparcial, la autorización para la gestión de la marca se concederá a entidades que no elaboren los productos ni tengan intereses comerciales directos sobre ellos y, además, que cuenten con un sistema de control y/o certificación independiente, competente técnicamente e imparcial que garantice que los operadores que hagan uso de la marca elaboran sus productos de acuerdo con la reglamentación técnica aprobada y que solamente los productos conformes con esta reglamentación usan el distintivo ‘CV’.
La marca CV es también beneficiosa para el consumidor puesto que le permite identificar productos agroalimentarios singulares y conocer, de forma transparente, cuáles son las características que se garantizan.
Al mismo tiempo, la definición por la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca de unos referentes técnicos de calidad constituye una herramienta de gran valor para aquellos operadores que busquen en la diferenciación de sus productos la estrategia para el incremento de su competitividad empresarial.
La Conselleria arbitrará los correspondientes mecanismos de vigilancia y control del uso de la marca de calidad, así como de los productos, verificando que respondan a las características autorizadas.