Los agricultores afectados por ‘Xylella fastidiosa' ya pueden beneficiarse de las ayudas de hasta 5.000 euros por hectárea
La finalidad de estas subvenciones es compensar económicamente a quienes hayan resultado perjudicados por la adopción de medidas de carácter fitosanitario obligatorias en la lucha contra enfermedad de cuarentena
La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha convocado las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2024.
La resolución, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, se puede consultar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de dicha resolución.
Se trata de ayudas compensatorias del valor de mercado de las plantas destruidas en cumplimiento de las medidas fitosanitarias impuestas en el marco de la lucha contra esta grave enfermedad de cuarentena.
De este modo, podrán beneficiarse de las indemnizaciones las personas propietarias de parcelas o los proveedores de material vegetal que se hayan visto afectados por la adopción de las medidas de carácter fitosanitario obligatorias para la lucha contra Xylella fastidiosa, acordadas mediante la resolución de la dirección general competente en materia de sanidad vegetal.
Las ayudas compensatorias del valor de las plantas destruidas se han revalorizado de media un 38 % respecto a la última convocatoria, tras la modificación del baremo aprobado en la Orden 6/2024, de 14 de agosto. Para el caso del almendro en secano, ese valor aumenta de media un 25 %.
Además, también se consideran indemnizables los gastos por el arranque y la destrucción del material vegetal afectado por la adopción de las medidas obligatorias de lucha contra Xylella fastidiosa.
La cuantía máxima subvencionable por el gasto de arranque y destrucción se duplica y ha pasado de un importe máximo de 2.500 euros por hectárea a un máximo de 5.000 euros por hectárea, siempre y cuando se haya llevado a cabo directamente por la persona propietaria de la parcela, o a su cargo, y se justifique su pago.
Las ayudas se concederán mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva y se financiarán con cargo a la partida presupuestaria por un importe global máximo de 500.000 euros.